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SCJN niega oportunidad histórica para despenalizar la interrupción del embarazo en Veracruz
Con 4 votos en contra, el máximo órgano judicial del país rechazó el proyecto de sentencia, luego de considerar que no hay una omisión legislativa respecto al tema dado que hay causales de excepción.
Por Julio Sandoval @jota_sand
29 de julio, 2020
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Sin debate y luego de unos breves pronunciamientos, cuatro de los cinco ministros y ministras que conforman la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), votaron en contra del proyecto de sentencia del Amparo en Revisión 636/2019, con el cual se buscaba modificar el Código Penal del estado de Veracruz para despenalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación.

Las ministras Ana Margarita Ríos Farjat y Norma Lucía Piña Hernández, y los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo fueron quienes votaron en contra, mientras que el único que se pronunció a favor fue el mismo ministro que propuso el proyecto, Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Piña Hernández argumentó que, contrario a lo que se señala en el amparo, no existe una omisión legislativa referente al aborto, pues hay una legislación al respecto en las causales por las que una mujer puede interrumpir su embarazo sin recibir una sanción. La ministra dijo que la SCJN puede ordenar a la entidad legislar sobre un tema, pero no “imponer una regulación específica”.

Los cuatro ministros y ministras que votaron en contra expresaron su negativa a profundizar en el tema por el cual se promovió el amparo (las normas y la afectación a ellas en el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres), y dijeron que sólo se centraron en el aspecto jurídico.

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Foto: Marlene Martínez

Por su parte, González Alcántara Carrancá sostuvo que “las quejosas [quienes promovieron el amparo] contaban con un interés legítimo para reclamar dichas omisiones, pues su objeto se enfoca en la protección y en la defensa de los derechos humanos de las mujeres”. 

En ese sentido, explicó que de acuerdo con los tratados internacionales en los que participa México, el Congreso de Veracruz sí tiene la obligación de eliminar las normas que resulten discriminatorias y sean una fuente de violencia contra las mujeres, como en las sanciones penales para las mujeres que interrumpan su embarazo hasta la doceava semana de gestación, incluso fuera de las causales establecidas.

Asimismo, manifestó que “en materia de derechos humanos, la prohibición absoluta de interrumpir el embarazo es contraria al umbral de protección que corresponde a todas las mujeres, especialmente a la luz de su derecho a la salud y la dignidad”.

*Foto de portada: Marlene Martínez

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Julio Sandoval
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