Lado B
La Ley para una vida libre de violencia para mujeres, una normativa que no se aplica
Las modificaciones aprobadas recientemente sólo serán efectivas si tienen presupuesto, buena estrategia de implementación y seguimiento de las medidas, advierte la directora del IDHIE.
Por Julio Sandoval @jota_sand
08 de julio, 2020
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Con las reformas a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aprobadas por el Congreso del Estado, y la previa inclusión de la violencia obstétrica, sólo contemplada en Puebla y Chiapas, se puede considerar una legislación actualizada; el problema es que se aplique, pues en el estado siguen aumentando la desaparición de mujeres, la trata de personas, los feminicidios y la violencia de género, advirtió Rosario Arrambide González.

Estas nuevas reformas aprobadas  el 1 de julio, dijo Arrambide, directora del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE), sólo será efectivas si se acompañan de un presupuesto adecuado, una buena estrategia de implementación, un seguimiento en la adopción de las medidas por parte de las autoridades competentes.

En entrevista para LADO B, explicó, por ejemplo, que  la efectividad de la adición a la Ley que ordena la instalación, mantenimiento y funcionamiento de centros de reeducación para agresores con el fin de transformar sus conductas violentas, dependerá de que los gobiernos municipales y estatal brinden los recursos económicos, técnicos y humanos necesarios y de que la Secretaría de Igualdad Sustantiva (SIS) colabore en el proceso con el asesoramiento en la materia.

En ese sentido, el especialista en estudios de género y nuevas masculinidades y ex facilitador en el grupo Hombres Trabajando(se) Puebla, Cirilo Rivera García, señaló a LADO B que para que la medida funcione se tiene que contar con un plan a largo plazo que, sin importar si hay un cambio de mandato, continúe con su intención pues, dijo, no se pueden reiniciar en cada oportunidad los procesos, ya que los facilitadores requieren de un tiempo de aprendizaje largo y si se cambia constantemente al personal, se cambia a “toda esa gente que ya tenía trabajada la sensibilización».

Además, expresó, los facilitadores deben tener un trabajo personal en relación con la atención de su violencia y el modelo con el que se trabaje debe responder al contexto de Puebla.

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Otra de las disposiciones añadidas fue la retención y resguardo de armas de fuego —así sean propiedad de instituciones privadas de seguridad— o de cualquier objeto que haya sido empleado para amenazar o lastimar a la víctima. 

Con esto, afirmó Arrambide González, se logra una mayor seguridad de la vida y la integridad de la mujer, ya que previo a la modificación, sólo se establecía el resguardo de armas de fuego propiedad del agresor, lo que dejaba a la disponibilidad de este último objetos como cuchillos o tijeras. 

Aunque, señaló, esta medida no es suficiente, ya que la aplicación depende de la interpretación de los agentes encargados de llevar un caso de este tipo, quienes hasta ahora no han demostrado un nivel adecuado de sensibilización con el tema. 

En estos casos, aseguró, se requiere que junto a la retención de armas u objetos peligrosos se ejecuten órdenes de protección que procuren el retiro del domicilio del agresor y el resguardo en un albergue y posterior custodia de la mujer agredida.

La corresponsabilidad de otras dependencias

Foto: Marlene Martínez

Por otra parte, también se añadió en la Ley la posibilidad de una sanción administrativa o penal para los funcionarios públicos cuando incurran en un acto de violencia contra las mujeres en el ámbito institucional.

Además, se agregó la coordinación de autoridades municipales, estatales y federales bajo el esquema del Protocolo Alba para la localización inmediata de niñas, adolescentes y mujeres con reporte de extravío.

Asimismo, el desarrollo de programas educativos, en todos los niveles de escolaridad, con perspectiva de género para modificar modelos de conductas sociales y culturales que impliquen prejuicios o basen sus funciones en estereotipos; y para comprender el ejercicio del derecho a una paternidad y maternidad libre, responsable, consciente e informada, así como la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en la crianza de su hija o hijo.

La diputada del PRI, Rocío García Olmedo, una de las que presentó la iniciativa (Mónica Lara Chávez, diputada del PES, presentó una iniciativa similar y ambas fusionaron en una sola), explicó que estas disposiciones entrarán en vigor una vez que se publiquen en el Periódico Oficial del estado, acción que corresponde al Poder Ejecutivo, mismo que determinará la fecha de la publicación. 

El siguiente paso, señaló, es que la Secretaría de Igualdad Sustantiva, al tener competencia y atribuciones en la materia, diseñe políticas públicas para aplicar todo lo dispuesto en la normativa.

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A las dependencias responsables de poner en marcha las disposiciones, Rosario Arrambide agrega a la Secretaría de Educación Pública y la Fiscalía General del Estado, así como a los gobiernos municipales y estatal.

Para Rocío García toda ley es perfectible, por lo que se mantiene al pendiente de cualquier modificación a nivel federal en busca de la homologación a nivel estatal, así como de las necesidades que surjan en el estado en materia de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

Por su parte, Arrambide González enfatizó que la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia es una ley orientadora, por lo que estas adiciones y reformas aumentan la accesibilidad de las sanciones o medidas a tomarse en un caso específico. 

No obstante, aseguró que para que la aplicación sea la adecuada, el Congreso del Estado deberá estar pendiente de las modificaciones que se requieran en el aspecto reglamentario, como lo que se requiere del código penal respecto a las sanciones por los diferentes tipos de violencia.

Por ejemplo, en el caso de la violencia obstétrica, señaló Arrambide, no se pueden aplicar sanciones específicas porque no se tiene un delito relacionado con esa figura en el código penal.

Pues si bien en materia legislativa la Ley está actualizada, pues incluye la violencia obstétrica, situación que sólo se contempla en Puebla y Chiapas; en cuanto a su aplicación es donde se presenta el problema, pues en el estado hay altos indicadores en la desaparición de mujeres, trata de personas, feminicidios y violencia de género que a pesar de las leyes, siguen aumentado.

*Foto de portada: Ámbar Barrera

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Julio Sandoval
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