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Diputada del PT pretendía reforma para criminalizar la protesta social... luego desistió 
Aunque la propuesta ya no llegó al pleno del Congreso local pues fue retirada por la misma diputada, organizaciones advierten que en el estado y el país se vive un clima poco favorable para la libertad de expresión y las manifestaciones públicas
Por Marcos Nucamendi @MakoNucamendi
25 de junio, 2020
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De seis a diez años de prisión era el agravante que proponía la diputada del Partido del Trabajo (PT) en Puebla, Guadalupe Muciño Muñoz a quien causara algún tipo de daño, alteración o deterioro al patrimonio histórico o cultural del estado durante una manifestación y llevara el rostro cubierto.

El delito de daño a inmuebles públicos ya existe, se sanciona con penas de dos y hasta seis años de prisión. Lo que la legisladora pretendía era elevar las sanciones si este se producía en el contexto de una manifestación. 

La iniciativa de reforma al artículo 413 Ter del Código Penal, que estaba agendado para presentarse ayer, en la última Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, fue retirada del orden del día debido a las reacciones de grupos de la sociedad civil, especialmente en redes sociales.

Artículo 19, la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) capítulo Puebla y otras organizaciones locales, sin embargo, expresaron su preocupación ante lo que consideran un intento más por criminalizar la protesta social, en medio de un clima poco favorable para la libertad de expresión.

A decir de Artículo 19, organización dedicada a la defensa de la libertad de expresión, la implementación de este tipo de normas genera dos efectos perjudiciales a este derecho: por un lado, criminaliza las expresiones de la protesta social como pintas y cualquier otra expresión que se presente durante una manifestación, al tiempo que inhibe la apropiación e intervención de los espacios públicos.

Hasta una calcomanía con un mensaje político invitando a la reflexión que fuese colocada sobre la superficie de algún edificio considerado como patrimonio del estado podría ser objeto de sanción con esta iniciativa, explican en un análisis que realizó la organización que fue compartido con LADO B.

“Los mensajes propuestos en las protestas sociales nutren al debate público de posturas y exigencias, y recuerdan a las autoridades las obligaciones que tienen de procurar todos los derechos para todas las personas, en un verdadero ejercicio democrático”, aseguran.

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Para Cuauhtémoc Cruz Isidoro, secretario de la AMEDI capítulo Puebla, resulta preocupante que este tipo de iniciativas tengan lugar en plena pandemia, sin la posibilidad de abrir la discusión, pero también el que su redacción evidencie un deficiente trabajo legislativo.

Además de la propuesta de la diputada petista —de la que ya se deslindó su propio partido—, se refirió a la iniciativa presentada a finales de abril por el diputado Gabriel Biestro Medinilla (Morena) y Nora Merino Escamilla (Partido Encuentro Social), con la que se pretendía sancionar hasta con 12 años de prisión la difusión de noticias falsas, o fakenews, en el contexto de una emergencia sanitaria.  

“Llama aún más la atención el que los legisladores no están entendiendo, o no han acabado de aterrizar el marco normativo en cuanto a la máxima protección de los derechos humanos. Sólo se basan en el artículo 6º de la Constitución, pero no hay una mirada amplia de protección que ganamos a partir de la reforma constitucional [sobre derechos humanos de 2011]”, dijo en entrevista para LADO B.

En ese sentido se pronunciaron también organizaciones locales como las colectivas Aquelarre Feminista Atlixco y Tlexochitl, el colectivo Adalet, Odesyr A.C., REDefine Puebla, Ddser Puebla, CAFIS A.C. y la Red de Mujeres Universitarias Articuladas: Comunicación y Mercadotecnia, exigiendo al Congreso poblano que respeten el marco constitucional e internacional de los derechos humanos. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), se menciona en el comunicado, reconoce que el uso de bandanas, máscaras, capuchas, gorras y otro tipo de vestimenta propia de la protesta social y las manifestaciones públicas, “no pueden considerarse señales suficientes de amenaza de uso de la violencia, ni ser usados como causales de dispersión, detención o represión de manifestantes”.

Esta propuesta de reforma, explican, se da un contexto de abusos policiales y detenciones arbitrarias en contra de personas que únicamente ejercían su derecho a manifestarse y a la protesta social, como sucedió en el estado de Jalisco a inicios de este mes, en donde varias decenas de jóvenes que participaron en una manifestación por la ejecución extrajudicial de Giovanni López, fueron detenidos de manera arbitraria por policías ministeriales vestidos de civiles; “en Puebla ya tuvimos la Ley Bala”, advirtieron.   

protesta social y manifestaciones en Guadalajara, Jalisco

Foto: Víctor Ibarra

Se inscribe también, afirman, en una realidad en donde los feminicidios, las desapariciones de personas, la violencia generalizada, la discriminación, la impunidad y la falta de acceso a la justicia, han orillado a una parte importante de la población a salir con más frecuencia a las calles para exigir justicia y exhibir las ineficiencias y las omisiones de las autoridades.

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Este tipo de propuestas por parte de integrantes del Poder Legislativo, cabe mencionar, se registran en paralelo a los constantes agresiones del Ejecutivo hacia la prensa local, estigmatizaciones a la labor periodística sobre las que ya alertaba Artículo 19 desde el 31 de marzo, a inicios de pandemia.

El último episodio ocurrió este miércoles, cuando respondiendo a la pregunta de un reportero de El Sol de Puebla, dijo: “No le metan ingrediente grillo a los temas, no le metan, es hora de que todos colaboren de buena fe; que todos ustedes, prensa, tú Sol de Puebla, que ya colaboren de buena fe en este momento tan complicado”. 

La propuesta desechada, a detalle

A la letra, la propuesta de la diputada Guadalupe Muciño buscaba agregar el siguiente párrafo, con variantes en los años de prisión y días de trabajo comunitario aplicables como sanción, a las fracciones I, II, II del artículo 413 Ter del Código Penal del Estado de Puebla:

“Si el daño se realizare como parte de una manifestación y se tuviere el rostro cubierto al momento de hacerlo, la sanción que les corresponda deberá agravarse”.

De cuatro a seis años de prisión y de 360 a 500 días de trabajo comunitario para quien cause daños a la infraestructura urbana o algún bien destinado a la prestación de un servicio público; de cuatro a seis años de prisión si se trata de un bien mueble o inmueble destinado a la prestación del servicio público de transporte; y de seis a diez años de prisión para el caso del patrimonio histórico, artístico, arquitectónico y/o cultural estatal.

Todos estos supuestos ya se encuentran tipificados, con penas que van de los dos a los seis años de prisión, y de 180 a 360 de trabajo comunitario.

Foto principal: Marlén Martínez

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Autor Lado B
Marcos Nucamendi
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