Lado B
Internet y COVID-19: la otra brecha de desigualdad
Las actividades en línea se han incorporado a nuestra cotidianidad; sin embargo, son uno de los privilegios que han salido a relucir durante la cuarentena
Por Cuauhtémoc Cruz @cuau_cruz
12 de mayo, 2020
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La pandemia por COVID-19 ha orillado a gran parte de la población a tener una vida digitalizada dependiente principalmente del acceso a internet. En las últimas semanas términos como home office, videoconferencias, videollamadas, clases a distancia, aulas virtuales, se han incorporado con cierta naturalidad a nuestras conversaciones diarias; sin embargo, no podemos ignorar que este es uno de los muchos privilegios que han salido a relucir durante la cuarentena.

El acceso a internet no sólo está ligado directamente al ejercicio de derechos como la libertad de expresión y al acceso a la información, sino también es un facilitador de otros derechos como a la salud, al trabajo, a la cultura y a la educación. Para muestra, los millones de estudiantes que estos meses han migrado a las plataformas digitales para continuar sus estudios y mantener una sana distancia.

De acuerdo con la última Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares, en México había, a 2019, 80.6 millones de usuarios de internet, equivalente al 70.1% de la población. Si bien dicha cifra representó un aumento de 4.3 puntos porcentuales respecto a 2018, aún sigue existiendo una brecha para garantizar el acceso de toda la población. Según la misma ENDUTIH, en zonas urbanas el porcentaje de usuarios es del 76.6% mientras que en zonas rurales apenas es del 47.7%. Esta falta de acceso, sin duda, impacta en el goce de diversos derechos.

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Desde hace siete años, con la Reforma Constitucional en materia de Telecomunicaciones de 2013, se incorporó como un derecho humano a la Carta Magna, el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, así como a los servicios de telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e internet. A partir de este agregado al Artículo 6°, las instituciones del Estado Mexicano, principalmente el Poder Ejecutivo en sus diferentes niveles, asumieron la obligación de garantizar el acceso universal a las TIC y las telecomunicaciones para toda la población. 

De acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para hablar de acceso universal en materia de internet se necesita el acercamiento “no sólo a la infraestructura, sino a la tecnología necesaria para su uso y a la mayor cantidad posible de información disponible en la red”. 

Foto: ThisIsEngineering | Pexels

Es decir, si bien en nuestro país 7 de cada 10 mexicanos tienen acceso a internet, el sólo poder conectarse a la red –que debe cumplir con ciertos requisitos de calidad– no basta para hablar de una garantía eficaz de este derecho humano; es necesario entonces, que esos usuarios cuenten con las herramientas tecnológicas necesarias para el mejor aprovechamiento de la red. Por ejemplo, señala la ENDUTIH, el 95% de los usuarios accede a través de su smartphone, pero sólo el 30% lo hace a través de una computadora de escritorio o portátil. Las facilidades y herramientas que aporta un dispositivo sobre otro son distintas, lo que impacta en la capacidad de navegación que pueden tener. No es lo mismo redactar esta columna en un celular que en una computadora de escritorio, por ejemplo.

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También resulta necesario garantizar el acceso al número de dispositivos necesarios, por ejemplo, puede que en un hogar de cuatro personas exista un punto de conexión a internet, con lo cual diríamos que ya están conectados, pero que sólo se cuente con un equipo de cómputo, lo que representaría una limitante para que, considerando el contexto que vivimos, las cuatro personas puedan desarrollar libre e independientemente sus actividades.

De igual forma, es importante que el Estado garantice una “alfabetización digital”. Una constante vivida en esta pandemia es que muchas personas, principalmente aquellas que no son nativas digitales, han presentado diversas dificultades para el manejo no sólo de los equipos, sino también de las plataformas disponibles, con lo cual no basta en dotar de herramientas, sino es necesario educar en el uso de estas. Corresponde entonces al Estado, señala la Constitución, “garantizar a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento”. 

Así, si bien es fundamental que en el contexto de la pandemia por COVID-19 el Estado enfoque sus esfuerzos en garantizar para toda la población el derecho a la salud, también es necesario (y urgente) que implemente las acciones necesarias para garantizar otros derechos humanos interrelacionados con la situación de emergencia, entre ellos, el derecho humano al acceso a las TIC y a internet, para, con ello, garantizar el derecho a la educación, por ejemplo. 

Puede que la pandemia haya tomado por imprevisto al Estado mexicano para una reacción eficaz en diversos campos; es claro que el rezago en diversas materias como salud y educación no son nuevas ni privativas de la contingencia, pero es el Estado, como garante de derechos humanos, quien debe asumir la responsabilidad para reducir las brechas sociales, entre ellas la brecha digital.

*Foto de portada: Olga Valeria Hernández

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Autor Lado B
Cuauhtémoc Cruz
Cuauhtémoc Cruz Isidoro, comunicólogo por la IBERO Puebla y maestrante en Periodismo Político por la Escuela de Periodismo Carlos Septién García. Actualmente es responsable de Comunicación del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría y es Secretario del Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI Puebla). Se ha especializado en derecho a la información. Chiva y blaugrana de corazón.
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