Lado B
El peligro de la 4T
El combate a la impunidad en medio de la crisis de seguridad es producto de la desesperación de la FGR y supone retrocesos al restringir derechos
Por Roberto Alonso @rialonso
21 de enero, 2020
Comparte

Imagen de succo en Pixabay

Roberto Alonso

@rialonso

En plena crisis por el tropezado inicio del Insabi, como si la intención fuera desviar la atención de una crisis con otra más alarmante, la 4T pisó en falso al querer presentar una reforma en materia de procuración y administración de justicia que levantó más preocupaciones que aplausos, sin contar las aparentes divisiones que generó al interior del gobierno que conduce Andrés Manuel López Obrador. Reforma no, en realidad contrarreforma, de ahí que el freno de mano haya resultado una buena noticia.

Lo que se sabe, por la filtración de documentos que estuvieron a punto de ser entregados el pasado miércoles 15 de enero en el Senado, sobre los que acusó haber recibido la presidenta de la mesa directiva de dicho recinto, Mónica Fernández Balboa, sin que se hubieran dado a conocer oficialmente,  se trata de un paquete de iniciativas y reformas al sistema de justicia que incluye: una reforma constitucional en 14 artículos, una nueva Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica, la propuesta de un Código Penal Nacional que sustituya al Código Penal Federal y a los 32 códigos penales de las entidades, y reformas en la Ley Nacional de Ejecución Penal, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, la Ley de Amparo, las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial, y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Aunque fue anunciado por el consejero jurídico de presidencia, Julio Scherer Ibarra, como un conjunto de iniciativas y reformas de común acuerdo entre la Fiscalía General de la República (FGR), la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, el titular de esta última dependencia, Alfonso Durazo Montaño, no estuvo presente en el acto.

No cabe duda de la pertinencia del combate a la impunidad en medio de la crisis de seguridad en la que nos encontramos, lo grave es que esta determinación sea producto de la desesperación de la FGR y suponga retrocesos al restringir derechos y libertades, creyendo ciegamente en que el problema es de legislación y no de operación.

Siguiendo el primer análisis hecho por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez de los ajustes propuestos, inquietan el uso del arraigo en el universo de delitos, figura con la que se puede detener a alguien sin haber una acusación formal en su contra; la apertura a la validación de pruebas obtenidas ilícitamente, siendo el caso de violaciones a derechos humanos como la tortura; la eliminación de los recién constituidos jueces de control, figura clave de los juicios orales; la ampliación a otros delitos del régimen excepcional que aplica para la delincuencia organizada, en menoscabo de la protección de derechos; y la creación de nuevos tribunales especializados para investigar a jueces, amenazando la independencia judicial.

Mientras Naciones Unidas sugiere, por ejemplo, la eliminación de la figura del arraigo por transgredir el derecho al debido proceso y el principio de presunción de inocencia, la contrarreforma al sistema de justicia penal insiste en esta práctica. Mientas Human Rights Watch (HRW) acusa en su informe 2020 que la tortura en México sigue siendo habitual y denuncia la lenta implementación de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura, algunas lógicas institucionales, como las que redactaron los documentos filtrados, se resisten a su erradicación.

El diagnóstico de HRW es distinto al que parece acompañar al paquete legislativo que, según se comunicó, será presentado –ahora sí– el 1 de febrero, fecha en que inicia el próximo periodo legislativo de sesiones. Para esta organización, las causas de la impunidad no son los cambios profundos que ha habido en el sistema de justicia penal en la última década, sino la corrupción, la falta de capacitación y la falta de recursos suficientes, así como la colusión de los agentes del Ministerio Público y los defensores de oficio con los delincuentes. Y poco apuntan en esta dirección las modificaciones ventiladas.

Como lo documentó el diario Reforma, dentro de la propuesta de creación de un Código Penal Nacional que evite la heterogeneidad en los tipos penales y las formas de definirlos y sancionarlos, un delito que podría resurgir es el asociado a la difamación, conducta despenalizada en 2007 a nivel federal y aún presente en los códigos penales de Nayarit, Nuevo León y Yucatán. Si este será el tono de un Código Penal Nacional, mejor la dispersión.

De acuerdo con Fernández Balboa y Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado, la discusión de estas iniciativas y reformas transcurrirá bajo formatos de Parlamento Abierto, escuchando a expertos, defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil. No se esperaría menos ante el peligro que se ha asomado.

En el debate en torno a la procuración y la administración de justicia conviene tener presente a manera de ruta de navegación que, como lo escribió Ana Laura Magaloni el sábado pasado, “la justicia no tiene que ver con el castigo per se, sino con el método para llegar a este”. 

Comparte
Autor Lado B
Roberto Alonso
Coordinador de la Licenciatura en Ciencias Políticas y Administración Pública de la Universidad Iberoamericana Puebla y del Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática.
Suscripcion