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La elección del ombudsperson en Puebla fue opaca y fallida: IDHIE y OPSCD
El índice de Estado de Derecho en México 2018 ubicó a Puebla en el lugar 30 de 32 en el factor de protección efectiva a los derechos fundamentales
Por Lado B @ladobemx
04 de diciembre, 2019
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Foto: Ibero Puebla

Boletín Ibero

El pasado 7 de noviembre, José Félix Cerezo Vélez rindió protesta como presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado de Puebla (CDH), un proceso de designación opaco y con fallas en los criterios de selección, de acuerdo con la evaluación que realizó el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, S.J. (IDHIE), junto con el Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática (OPSCD).

En rueda de prensa, María del Rosario Arrambide González, directora del IDHIE, explicó que se establecieron siete criterios con los que se valoró la designación de la CDH Puebla, para cumplir con  un proceso  democrática y transparente.

Roberto Alonso Muñoz, académico investigador y coordinador del OPSCD, compartió una síntesis de las conclusiones del Informe, reconociendo que existen puntos de avance respecto a procesos anteriores.

No obstante, recalcó las cuentas pendientes en materia de transparencia y participación ciudadana. “La documentación no fue objeto de la máxima publicidad, por lo que puede concluirse que dicha no fue idónea ni eficaz”, dictamina la evaluación.

Cuauhtémoc Cruz Isidoro, académico del IDHIE, detalló que la máxima publicidad durante todo el proceso fue deficiente, si bien se contó con transmisiones en internet de las sesiones, así como comparecencias públicas, pero hubo deficiencias en la temporalidad y canales de difusión informativa.

Se cumplió de los plazos marcados por la convocatoria, pero no existió evidencia suficiente de que se eligió el perfil ideal, yendo más allá de los requisitos legales mínimos, lo cual difumina las cualidades que las y los aspirantes al cargo debían cumplir.

Las instancias responsables de la elección, continuó Cruz Isidoro, no llevaron a cabo una discusión pública y amplia sobre la idoneidad de las y los candidatos.

A su vez, a falta de una metodología pública de calificación, hubo una escasa fundamentación de las propuestas y decisiones de los órganos encargados (deficiente).

A falta de perfil ideal, no fue posible establecer una correspondencia entre la decisión y la evaluación. Finalmente, existen irregularidades que dificultan determinar la correcta participación ciudadana por medio de escritos y cartas.

Para quienes deseen consultar el documento completo de la «Evaluación del Proceso de Designación para la Elección de la Nueva Ombudsperson en Puebla», elaborado por la IBERO Puebla, pueden consultar esta liga.

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