Lado B
El fideicomiso poblano: la última pieza del “pa-que-te-lo-robes”
Los recursos derivados del impuesto de nómina están destinados a un fin específico y Puebla ya no podrá disponer de él. Durante los próximos veinte años, todo ese dinero se usará únicamente para pagar los proyectos que se registran en el fideicomiso, mismos que no sabemos cuáles son.
Por Lado B @ladobemx
25 de febrero, 2016
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Rodrigo Díez

@Rodrigo_Diez_10

“Dondequiera que el Estado comprometía su crédito,
había oportunidad para lucrar”.
Fernando Escalante, Ciudadanos imaginarios.

 

[dropcap]L[/dropcap]legó el final de esta serie de textos sobre el endeudamiento poblano y toca dar los detalles del fideicomiso poblano. Ya compartí que, a pesar de tratarse de información pública, el gobierno de @RafaMorenoValle me ocultó el fideicomiso por dos años. También les dije que las leyes con base en las cuales se endeudó son inconstitucionales. Pues como para no dejar duda del compromiso de las autoridades poblanas con la opacidad y el abuso, el fideicomiso también es inconstitucional.

¿De qué se trata el fideicomiso? Es muy sencillo: Puebla afectó el impuesto de nómina de los próximos veinte años para pagarle a los contratistas y prestadores de servicios de ciertos proyectos. En realidad, lo más común es que sean los bancos que le prestaron dinero a los contratistas o prestadores de servicios quienes reciben el dinero. Imaginen que Puebla desea desarrollar cierta infraestructura y, para eso, contrata a una empresa constructora. Supongamos que la obra cuesta cien pesos. Las empresas no aportan todo de su bolsa, más bien ponen una parte (digamos el veinte por ciento) y el resto lo piden prestado a un banco. Conforme el gobierno le paga al constructor, éste le paga al banco. Pero los bancos saben muy bien que es muy riesgoso depender de un proyecto que se paga con cargo al presupuesto de un estado. ¿Qué pasa si el próximo año no se aprueba tanto dinero como el anterior? ¿Y si la siguiente administración no es tan amigable? Un banco tiene que proteger su dinero. Un fideicomiso como el de Puebla logra justamente eso al aislar determinados recursos (en este caso, el impuesto de nómina) y destinarlo a un fin específico. Así el gobierno no se lo podrá gastar en otra cosa y el banco asegura que recibirá el dinero. ¿Esto es inconstitucional? Así en abstracto no, pero el diablo está en los detalles.

El primer problema con el fideicomiso es que, bajo la legislación poblana, la afectación del impuesto de nómina no es un acto constitutivo de deuda pública. Pero al momento de celebrar el Fideicomiso Poblano ya había una jurisprudencia de la Corte, según la cual la calificación de “deuda” no depende de una simple definición que el Estado puede manipular a su antojo sino de que se trate de una operación que comprometa el crédito público, como precisamente sucede cuando un Estado “afecta” su impuesto de nómina. Así, es inconstitucional no calificar como deuda la afectación del impuesto de nómina.

El siguiente problema es más bien una duda: ¿y el Congreso apá? La jurisprudencia de la Corte también dispone que el Congreso local deberá aprobar por mayoría calificada cualquier acto de endeudamiento. ¿Dónde está la autorización de la cámara de diputados de Puebla para afectar “…la totalidad de los ingresos presentes y futuros derivados, de la recaudación del ISERTP que corresponden al Estado…”? Y no vayan a creer que si eliminan el impuesto de nómina se acabó el problema. Algún listillo pensó en esa posibilidad y puso en el fideicomiso que si dicho impuesto se elimina o se cambia, automáticamente se afectará el impuesto que lo sustituya o que “…graven situaciones jurídicas o de hecho iguales o similares…”. También pensaron en lo que podría ocurrir si algún gobierno en el futuro se negara a entregar el dinero. Para eso se ideó un mecanismo mediante el cual el Estado de Puebla celebra convenios con los bancos que reciben el pago del impuesto y estos mandan los recursos directamente al fideicomiso. Eso significa que cuando cualquier poblano paga su impuesto en un banco comercial, ese dinero nunca llega (ni provisionalmente) a la tesorería sino que va directo a la cuenta del fideicomiso. Así, si el Congreso no autorizó por mayoría calificada afectar el impuesto de nómina en los términos tan amplios como se hizo en el fideicomiso poblano, eso es inconstitucional.

En el artículo anterior les comentaba que, según lo dispone la Corte, es inconstitucional afectar irrevocablemente impuestos (se deben prever excepciones a la irrevocabilidad), lo mismo que afectar la totalidad de un impuesto y no establecer una duración precisa de los fideicomisos en cuestión. Pues Puebla hizo todo mal: se afectó la “…totalidad de los ingresos presentes y futuros…” del impuesto, no hay supuestos que permitan revocar el fideicomiso y el fideicomiso no se podrá extinguir sino hasta pagar todas las deudas (justo lo que dice la Corte que no se puede). Súmenle tres inconstitucionalidades más. Insisto: este texto no es un lamento furibundo acerca del uso de mecanismos novedosos o sofisticados para financiar la infraestructura que tanto necesitan los Estados. Si dichos mecanismos son transparentes y cumplen con la Constitución, ¡bienvenidos! De lo contrario, francamente no queremos saber nada de ellos.

Por desgracia, los problemas no se detienen ahí. ¿Qué proyectos reciben dinero del fideicomiso poblano? ¿Todos tienen una finalidad “pública? No sabemos. Imaginen ustedes, sólo por jugar con una posibilidad, que el Museo Barroco de Puebla haya recibido de estos recursos. Algunos podrán decir que el museo está feo o que se hizo al aventón pero parece razonable usar recursos públicos para un museo, un proyecto con una clara finalidad pública. Pero imaginemos que se hayan usado para pagar, no sé, una planta de autos (sólo por arrojar ideas al aire). En ese caso se complicaría justificar el uso de recursos públicos. Pero como no sabemos cuáles son los proyectos, estamos jugando al adivino. Desafortunadamente ya hemos visto que la transparencia no es el fuerte del gobierno poblano. ¿Querrán que litiguemos otros dos años para entregar esa información? Pues lo hacemos y ya.

[quote_box_center]Este texto fue publicado originalmente en el portal animalpolitico.com, se reproduce con autorización del autor.[/quote_box_center]

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