Lado B
CAIP avala que Puebla Comunicaciones desaparezca contratos de publicidad
Los comisionados de transparencia tienen dos varas diferentes para medir a los sujetos obligados, una si son dependencias del gobierno estatal, y otra si no lo son
Por Ernesto Aroche Aguilar @earoche
14 de mayo, 2015
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Mientras que al Congreso del estado le ordenan realice una “búsqueda exhaustiva” de expedientes desaparecidos, al gobierno del estado le aprueba sin mayor investigación sus “declaratorias de inexistencia”.

PublicidadVirtual

Ernesto Aroche Aguilar

@earoche

La Comisión de Acceso a la Información Pública (CAIP) tiene dos varas distintas para medir las respuestas de los Sujetos Obligados, una si se trata de dependencias del gobierno del estado y otra para los demás, así resolvió la mañana de ayer un par de recursos de revisión que se promovieron por la misma causa: desaparición del archivo.

Así, mientras al Congreso del estado le ordenó realizar una búsqueda exhaustiva del expediente relativo a la resolución que se tomó en torno a la investigación que realizó el IFE en el 2012 sobre la violación a la ley del gobernador del estado en su promoción de su Primer Informe de labores, al organismo Puebla Comunicación le avaló la desaparición del contrato con la empresa Publicidad Virtual, una compañía dedicada a vender espacio en vallas electrónicas en estadios que son visibles durante los partidos de los equipos de la primera división.

Este portal dio a conocer en momentos distintos que en ambos casos los dos sujetos obligados, el Congreso local y Puebla Comunicación, declararon inexistente información que por ley debería estar en sus archivos. En ambos casos también se comprobó que las autoridades habían reconocido la existencia previa de dichos documentos.

“Nadie está obligado a lo imposible”

En su ponencia el presidente del organismo, Javier Fregoso Sánchez, presentó el caso relacionado con el contrato o contratos con la empresa Publicidad Virtual SA de CV. En ese expediente el solicitante pidió a Puebla Comunicaciones se entregaran copias simples de los acuerdos comerciales firmados por el gobierno del estado y la empresa de publicidad, una relación por la que administración de Rafael Moreno Valle pagó 4 millones 106 mil pesos, según reconoció cuando dio a conocer al publicar una relación de montos pagados a empresas publicitarias de 2008 a 2013.

Al respecto, Fregoso Sánchez informó que el Sujeto Obligado declaró “la inexistencia de la información” con la siguiente respuesta:

[pull_quote_right]“Si bien es cierto se trata de información que debe encontrarse por su naturaleza documentada, también lo es que en los archivos del Sujeto Obligado no obraba documento alguno que contenga la misma, y por lo tanto no se encuentra en poder del mismo, por lo que no es posible condenar la entrega de documentos que no se encuentren en el archivo del Sujeto Obligado”[/pull_quote_right]

“Mediante el memorándum DA/2015, de fecha 3 de febrero de 2015, la Dirección Administrativa de este organismo, informa al titular de la Unidad Administrativa de Acceso a la Información de Puebla Comunicaciones, que derivado de una búsqueda exhaustiva realizada en los archivos de esta Dirección no se localizó ningún contrato que se haya realizado con la empresa denominada Publicidad Virtual SA de CV”.

Pero también reconoció que en el recurso de revisión se probó  que el organismo gubernamental debería contar con dichos documentos.

Al respecto, Fregoso Sánchez planteó: “Si bien es cierto se trata de información que debe encontrarse por su naturaleza documentada, también lo es que en los archivos del Sujeto Obligado no obraba documento alguno que contenga la misma, y por lo tanto no se encuentra en poder del mismo, por lo que no es posible condenar la entrega de documentos que no se encuentren en el archivo del Sujeto Obligado”.

De acuerdo con el presidente del organismo, basta con que Puebla Comunicaciones decrete que dicho contrato no existe para que se tomé como hecho comprobado, pues cumplieron con la formalidad de emitir una declaratoria de inexistencia.

El pleno de la CAIP jamás valoró las pruebas emitidas del mismo sujeto obligado, ni consideró enviar el expediente a la Contraloría para que se sancione a los funcionarios por la desaparición de los contratos, pues “nadie está obligado a lo imposible, y bajo esta tesitura el Sujeto Obligado se encuentra imposibilitado para proporcionar la información solicitada en virtud de que como ha quedado acreditado emitió la resolución de inexistencia de documento”.

Que hagan una “búsqueda exhaustiva”

Por su parte, la comisionada Gabriela Sierra Palacios explicó en su ponencia que el Congreso del estado había declarado como “inexistente” el expediente que contiene todas las actuaciones, en pleno o en comisiones, relacionadas con la investigación que llevó a cabo en 2012 el entonces Instituto Federal Electoral (IFE), en donde se concluyó por parte del arbitro electoral que Rafael Moreno Valle había violado la ley al promocionar en las salas de cine de 26 estados el primer informe de labores.

En su respuesta, recordó la comisionada, el Congreso primero puso en consulta directa, es decir pusieron a la vista del solicitante la información, en las oficinas del Congreso. Y una vez que se acudió a revisar la información la unidad de transparencia del poder legislativo mostró un documento con la siguiente leyenda:

“Se declara la inexistencia de la información correspondiente a la integración de la información con relación al expediente IFE: CG280/2012, planteada por la dirección general de Asuntos Jurídicos, de Estudios y de Proyectos Legislativos, área adscrita a la Secretaría General del Honorable Congreso del Estado, requerida a través de la solicitud de información con folio Expediente número 007/15”.

Y agregó: “derivado de que el documentos solicitados derivan (sic) de la resolución que tomó el IFE en 2012, y posteriormente fue ratificada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante la cual se pide al Congreso local se analice una posible sanción al gobernador del estado, necesariamente tuvieron que encontrarse documentados dichos actos”.

“No pasa inadvertido para esta autoridad que si bien el Sujeto Obligado creo un acuerdo por el cual se declaraba la inexistencia de información en relación al expediente IFE: CG280/2012, también es cierto que el Sujeto Obligado sí cuenta con cierta información solicitada, se le exhorta a que en futuras ocasiones no emita un acuerdo de esa naturaleza sin antes haber revisado minuciosamente sus archivos tanto físicos como digitales”.

Con esos argumentos, el pleno de la CAIP decidió ordenar al Congreso del estado haga una búsqueda exhaustiva y entregue la información.

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