Lado B
Puebla niega el acceso al aborto seguro en casos de violación
Es un derecho que garantiza la ley pero inaplicable en la realidad; en seis años y más de 1278 violaciones sexuales de mujeres en el estado, sólo en un caso se ha registrado la interrupción legal del embarazo
Por Mely Arellano @melyarel
29 de septiembre, 2014
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Es un derecho que garantiza la ley pero inaplicable en la realidad; en seis años y más de 1278 violaciones sexuales de mujeres en el estado, sólo en un caso se ha registrado la interrupción legal del embarazo

Foto: Mayra Guarneros

Foto: Mayra Guarneros

Mely Arellano Ayala

@melyarel

El acceso al aborto seguro ha sido negado de forma sistemática a las mujeres en Puebla, pese a que hay cuatro causales en la ley que garantizan este derecho reproductivo, como lo confirma el hecho de que en poco más de seis años sólo existe el registro de un caso de aborto legal.

De acuerdo con información de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México capítulo Puebla (Ddeser), otorgada en rueda de prensa la mañana de este lunes, y el informe “Omisión e indiferencia, derechos reproductivos en México” (2013), del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), del 2007 al 2012 no hubo ningún caso de aborto legal, y de 2013 a abril del 2014 sólo uno por la causal de violación.

La cifra resulta alarmante si se considera que según información de Ddeser, obtenida a través de Infomex (Folio 00195614), del 2012 a abril del 2014 hubo 1278 denuncias por violación sexual contra mujeres (730, en 2012; 448, en 2013 y 99, en 2014), de las cuales sólo una optó por abortar (Folio 00333514).

En ese sentido, Natalí Hernández, coordinadora estatal de Ddeser, cuestionó:

–¿Es posible que de este número de mujeres sólo una, una sola haya solicitado la interrupción del embarazo producto de una violación? ¿En realidad estas mujeres prefieren continuar con el embarazo producto de una violación? O sólo no se les informó de ese derecho.

En Puebla, hay cuatro causales bajo las cuales se garantiza la interrupción legal del embarazo (ILE):

I. Cuando sea causado sólo por imprudencia de la mujer embarazada;

II. Cuando el embarazo sea producto de una violación;

III. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asiste, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora; y

IV. Cuando el aborto se deba a causas eugenésicas graves, según dictamen que previamente rendirán dos peritos médicos.

Además la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046 Violencia Familiar, Sexual y Contra las Mujeres, publicada en 2005 y modificada en 2009, obliga a las instituciones de salud a garantizar la interrupción del embarazo a las mujeres que han sido víctimas de una violación.

Foto: Mayra Guarneros

Foto: Mayra Guarneros

También la Ley General de Víctimas, publicada a inicios del 2013, estipula que ante una violación sexual las mujeres tienen derecho a la anticoncepción de emergencia (PAE), solicitar un aborto seguro, y a tratamientos para prevenir infecciones de transmisión sexual.

Los datos que arrojan las solicitud de información de Ddeser y el informe de GIRE ponen en evidencia el incumplimiento del gobierno de Puebla, encabezado por Rafael Moreno Valle, en la protección de los derechos reproductivos de las mujeres y las niñas.

Embarazos prematuros

Puebla es el quinto estado con mayor población adolescente y en los últimos años se ha registrado un incremento de niñas embarazadas. Del 2012 a abril del 2014, 3484 niñas de entre 11 y 15 años se atendieron por parto, aunque se desconoce cuántos de esos embarazos pudieran ser resultado de una violación sexual.

–Le preguntamos al estado y sus instituciones y a la sociedad en general, ¿acaso el embarazo de una niña no puede estar poniendo en riesgo su vida? –cuestionó Natalí Hernández-, sabemos que muchas de las violaciones sexuales ocurren en la intimidad de la familia, o en contexto donde los agresores tienen acceso “fácil” y en repetidas ocasiones a la víctima. Sabemos que en casos de violaciones sexuales de menores, los involucrados muchas veces son los padres, los hermanos, los tíos, los abuelos o personas cercanas a las mujeres.

Según información del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), de las jóvenes que se embarazan, 80 por ciento abandona sus estudios, 33 por ciento termina siendo madre soltera y se estima que hasta 50 por ciento recurre al aborto exponiendo su propia vida al asistir a lugares clandestinos.

Criminalización

–El estado de Puebla no quiere comprender que las mujeres se someten a abortos (legales o no) por múltiples causas y se les sigue criminalizado –reprochó Natalí Hernández e informó que de 2011 a 2013 se procesaron a 9 mujeres por delito de aborto, y 3 recibieron sentencia condenatoria (Folio 459/2014).

El informe de GIRE confirma lo anterior al afirmar que “el acceso efectivo de las mujeres a las causales legales de aborto en las entidades federativas es bastante precario o nulo, lo cual denota una gran brecha entre la ley y el ejercicio efectivo de este derecho. Así, el acceso al aborto depende del lugar de residencia de la mujer y de su estatus socioeconómico, lo cual hace que el acceso al aborto en México sea un tema de justicia social y de discriminación de género”. El documento registra que del 2007 al 2012, hubo 24 consignaciones y 13 sentencias por el delito de aborto en Puebla.

De 2008 a 2010, 249 poblanas interrumpieron su gestación en clínicas de la Secretaría de Salud del Gobierno del Distrito Federal, mientras que del 2011 a 2013 fueron 548 mujeres, es decir que hubo un incremento de 299 casos.

En el 2014 Ddeser Puebla ha acompañado 17 casos de aborto electivo de mujeres que acuden al DF, 3 casos de mujeres en situación de violación y un caso de una mujer con complicaciones a su salud.

El 28 de septiembre se conmemora el día de la despenalización del aborto en América latina y el Caribe.

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Autor Lado B
Mely Arellano
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