Lado B
En Chalchihuapan la policía no llegó a dialogar, fue agredir: CNDH
El gobierno del estado sabía y se preparó para una enfrentamiento con los manifestantes que cerraron la autopista Puebla Atlixco a la altura del kilómetro 14, y ellos comenzaron la agresión al lanzar latas de gas lacrimógeno, concluye el organismo.
Por Ernesto Aroche Aguilar @earoche
17 de septiembre, 2014
Comparte
Foto: Cuartoscuro | Tomada de animalpolitico.com

Foto: Cuartoscuro | Tomada de animalpolitico.com

Ernesto Aroche Aguilar | Animal Político

@earoche

La policía del gobierno de Puebla estaba preparada -desde un día antes- para atacar a los manifestantes que cerraron la autopista Puebla-Atlixco el 9 de julio pasado, en los hechos que derivaron en la muerte del menor José Luis Alberto Tlahuatlie Tamayo.

Nunca consideró la posibilidad de establecer un diálogo con ellos e incluso lanzó gases lacrimógenos a los manifestantes, aún cuando éstos no habían atacado a la policía.

La policía poblana no se quedó ahí: también mintió en los informes que elaboró sobre el enfrentamiento.

Esto concluye la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en su investigación sobre los hechos ocurridos en el kilómetro 14 de la autopista Puebla-Atlixco, el pasado 9 de julio.

Acuartelados un día antes

La investigación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reveló que el gobierno del estado sabía y se preparó para una enfrentamiento con los manifestantes que cerraron la autopista Puebla Atlixco a la altura del kilómetro 14, en las entrada de San Bernardino Chalchihuapan, lo que derivó en la muerte del menor José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo.

Los 426 policías que intervinieron en el operativo Pegaso, como se denominó oficialmente,fueron citados y encuartelados desde las 23 horas del 8 de julio, el día previo al enfrentamiento, y comenzaron a llegar a las inmediaciones de Chalchihuapan, donde sería cerrada la autopista, cerca de las 10 de la mañana.

[pull_quote_right]“Los videos de los que se allegó esta Comisión indican que la situación no sucedió de esa manera, ya que si bien algunos de los manifestantes colocaron objetos, como piedras y palos, sobre el arroyo vehicular de la multicitada carretera estatal 438-D, lo cierto es que las agresiones no comenzaron antes de que los elementos policiales lanzaran las primeras granadas de gas.”[/pull_quote_right]

En el operativo, en contraste, se minimizó la posibilidad de entablar un diálogo con los manifestantes, pues de acuerdo con la CNDH, a pesar de que con antelación se sabía de la manifestación, el representante de la Secretaría General de Gobierno -un funcionario adscrito a la subsecretaría de Subsecretaría de Asuntos Políticos y Protección Civil- llegó con retraso a la zona del conflicto y, cuando lo hizo,  el coordinador del operativo policial ya había planteado a los quejosos que tenían cinco minutos para disolver la protesta, antes de comenzar el desalojo.

De acuerdo con el funcionario, del que se omite el nombre en el informe, “ya no había condiciones para acercarse a dialogar con los manifestantes, como se lo había indicado un elemento de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla”, a pesar -según la CNDH- “que el motivo de su presencia en ese lugar era ofrecer la vía del diálogo y buscar una solución pacífica con los manifestantes.”

También se señala que la confrontación fue iniciada por la policía del estado con el lanzamiento de granadas para desalojar la vialidad: “Llama la atención el hecho de que el director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla, en sus oficios SSPEP/DGAJ/09436/2014 y SSPEP/DGAJ/10042/2014, de 31 de julio y 11 de agosto, ambos de 2014, señalara que los manifestantes iniciaron los actos de violencia al lanzar piedras a los elementos de la Policía Estatal Preventiva (…)

“Por el contrario, los videos de los que se allegó esta Comisión Nacional indican que la situación no sucedió de esa manera, ya que si bien algunos de los manifestantes colocaron objetos, como piedras y palos, sobre el arroyo vehicular de la multicitada carretera estatal 438-D, lo cierto es que las agresiones no comenzaron antes de que los elementos policiales lanzaran las primeras granadas de gas.

Al respecto, y a pesar de todas las evidencias, Facundo Rosas Rosas sostuvo que fue hasta las 12 horas del 9 de julio, es decir un par de horas antes de que se iniciara la confrontación, que la policía estatal fue informada del cierre de la vialidad a través de un reporte del C4.

A esa misma hora, aseguró en su comparecencia en la CNDH, recibió el primer reporte formal de tales acontecimientos por parte de la subsecretaria de Coordinación y Operación Policial, “y que a partir de ese momento y en adelante recibió al menos tres comunicaciones más sobre el desarrollo de las acciones implementadas, inclusive la consulta que le hiciera la citada subsecretaria de Coordinación y Operación Policial para usar la fuerza en contra de los manifestantes” y que no fue hasta las 14:40 horas que se presentó en el lugar “para verificar personalmente su desarrollo y resultados.”

Los médicos jamás vieron la onda expansiva del cohetón

Luego de iniciado el violento desalojo, y el disparo de las primera granadas y proyectiles de gas lacrimógeno, la gente que observaba las acciones desde el puente que comunica la carretera federal Puebla-Atlixco con la comunidad, comenzaron a correr gritando “que les estaban disparando”.

Foto: Cuartosucuro | Tomada de animalpolitico.com

Foto: Cuartosucuro | Tomada de animalpolitico.com

Entre esa gente que huyó del puente estaba José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo, junto con un par de adultos, quienes corrieron a resguardarse junto a la barda de una casa construida a la vera del puente.

Desde ahí miraron lo que sucedía en la carretera hasta que un “elemento de la Policía Estatal Preventiva disparó hacia donde se encontraban” el proyectil golpeó al menor en la cabeza, mientras el policía, al mirar cómo se desvanecía el cuerpo de José Luis Alberto, “corrió en dirección hacia el oriente de la carretera estatal 438-D, Atlixco-Puebla, en donde se encontraban otros elementos de su corporación”.

Fue ahí cuando uno de los hombres cercanos al menor levantó el cuerpo mientras gritaba “¡le dieron a un niño, pendejos!”.

Al menor lo llevaron hasta una camioneta blanca, estacionada a 72 metros del lugar, y comenzaron la carrera contra el tiempo para tratar de salvarle la vida. En el camino a la ciudad de Puebla, a la altura de la comunidad de Chipilo, se encontraron con la ambulancia 142 del Sistema de Urgencias Médicas Avanzadas (SUMA), quien inicialmente se negó a detenerse hasta que la camioneta le cerró el paso para obligarlo a atender al menor.

José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo ingresó al servicio de Urgencias del Hospital General de San Andrés Cholula a las 14:56 horas.

El primer diagnostico fue: “un cuadro clínico de trauma craneoencefálico grave, con fractura expuesta” y pidió que fuera trasladado al Hospital General del Sur, esto ya en la capital poblana.

Ante el personal de la CNDH, el médico a cargo de la primera valoración explicó que la lesión tenía “características de haber sido producida por un objeto de alta energía y gran peso”, señaló también “que la herida era muy grave y de elevada mortalidad, así como que la misma se encontraba sin olores, sustancias o materiales extraños, sin tierra ni polvo”.

En la revisión de los peritos del organismo no se encontraron, ni en las notas médicas ni en la entrevista con los médicos, “datos de que la herida tuviera un aspecto desgarrado o estrellado por la acción de gases, zonas de quemaduras por una llama que produjera una zona apergaminada oscura o amarillenta y concéntrica del orificio, ni cabellos quemados, granos de pólvora incrustados en la epidermis, cintilla o anillo de contusión.”

Alrededor de las 17 horas, el menor llegó al Hospital General del Sur, pero para ese momento ya no mostraba respuesta a la atención médica “y había datos de cráneo hipertensivo, es decir, aumento alarmante del edema cerebral”.

Ahí presentó su primer paro cardiorrespiratorio. En la primera valoración del servicio médico de Neurocirugía del hospital se reportó “con compromiso neurológico por Glasgow de 3 puntos, es decir, con daño neurológico grave e irreversible”.

Tras varios días de atención medica, el 13 de julio, a pesar de lo irreversible de las heridas y el daño cerebral, y tras una tercera tomografía, “se determinó llevarlo a coma barbitúrico, a fin de disminuir en la medida de lo posible el edema. Además, se hizo del conocimiento de V14 (la madre) la posibilidad de que V1 (el menor) cursara con muerte cerebral”.

Un día después, “a las 14:35 horas del 14 de julio de 2014, V1, al salir de la resonancia magnética, presentó un paro cardiorrespiratorio, por lo que se le brindaron maniobras de reanimación avanzadas, pero a la exploración se le encontró sin reflejos, con nula respuesta a estímulos ni esfuerzo respiratorio”.

El final estaba ya encima. Aunque sería hasta el 19 de julio cuando se presentó el tercer y último paro cardiorrespiratorio que ya no fue posible revertir, y a las 18: 30 horas de ese día se declaró su fallecimiento”.

Investigación irregular

El extenso documento señala que “el dictamen del 23 de julio de 2014 en materia de mecánica de lesiones elaborado por un analista en medicina forense, adscrito a la Coordinación de Criminalística de la División Científica de la Policía Federal, en el que se basó el procurador general de justicia del estado de Puebla para sus declaraciones, se observó que esa evidencia presentó diversas irregularidades, entre ellas que no llevó una secuencia cronológica de los acontecimientos desde el día 9 de julio de 2014 en que ocurrieron, ya que inició su análisis con la historia clínica pediátrica de V1, realizada el 10 de julio de 2014 en el Hospital General del Sur”.

[pull_quote_left]“(No había) datos de que la herida tuviera un aspecto desgarrado o estrellado por la acción de gases, zonas de quemaduras por una llama que produjera una zona apergaminada oscura o amarillenta y concéntrica del orificio, ni cabellos quemados, granos de pólvora incrustados en la epidermis, cintilla o anillo de contusión».[/pull_quote_left]

El no considerarse la información médica del día de la agresión, entre ella “el estudio e imágenes tomográficas de cráneo simple en cortes axiales, coronales, sagitales y ventana ósea que le fue practicado a V1 el 9 de julio de 2014 en el Hospital General del Sur por el médico adscrito al Departamento de Neurología de ese nosocomio”, se quedó fuera de la valoración de la División Científica de la PF un “dato indicativo desde el punto de vista médico forense de que la lesión en el cráneo era similar a las que se producen por la contusión directa con un objeto de consistencia dura o firme, de borde definidos o romos y de forma regular, con una dirección de adelante hacia atrás y ángulo de incidencia oblicua, produciendo el impacto del agente vulnerante la fractura con desprendimiento total del fragmento impactado.”

Se señala también que durante todos los peritajes y dictámenes médicos no hubo ningún otro daño en el menor, más allá de la fractura que le trozó la vida, y que si ésta hubiera sido provocada por una cohetón y su onda expansiva “necesariamente tendría que haber generado otras lesiones en las regiones anatómicas adyacentes, en razón de que la onda expansiva no tiene una dispersión en forma cilíndrica sino cónica y a medida que se proyecta avanza en forma radiada abarcando mayor superficie corporal”.

La propia investigación de la División Científica, que sirvió de base para que la Procuraduría General de Justicia, insistiera en que fue un cohetón, pues en el dictamen de microscopía electrónica de barrido, emitido el 31 de julio de 2014, se “determina que no existen residuos de explosivo en el indicio fragmento de tejido óseo; toda vez que no se encuentra presente el nitrógeno y cloro como principales componentes oxidantes en un explosivo o derivado del mismo…”.

A pesar de ello, el gobierno de Rafael Moreno Valle insistió en que a José Luis Alberto Tehuatlie Tamayo lo mató la onda expansiva de un cohetón disparado por los manifestantes.

Comparte
Autor Lado B
Ernesto Aroche Aguilar
Suscripcion