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Hay que desmitificar el Derecho: Alex Alí Méndez
El abogado que logró el matrimonio gay en Oaxaca exhorta a usarlo para cambiar la realidad social
Por Lado B @ladobemx
04 de marzo, 2013
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Foto: EsImagen

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Josué Cantorán Viramontes

@josuedcv

“Necesitamos en este momento hacer una desmitificación del derecho, es decir, alejarnos de la postura de que sólo los grandes juristas o los doctores en Derecho pueden hacer un cambio en la realidad social”, exhortó Alex Alí Méndez Díaz a los cerca de 40 estudiantes de la Universidad de las Américas Puebla (UDLA) que se reunieron para escuchar su ponencia Familias homoparentales en México: la inconstitucionalidad en su falta de protección.

El abogado encabeza la defensa de las tres parejas homosexuales –dos de mujeres y una de hombres– que solicitaron un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuando el registro civil de Oaxaca les negó la oportunidad de contraer matrimonio.

Hace unos meses, en una resolución que se consideró histórica, la Corte falló a favor de una de estas parejas. Con esto no sólo se podrán efectuar los primeros matrimonios gay en Oaxaca, sino que además se pone en tela de juicio la constitucionalidad de las legislaciones de los estados que no protegen jurídicamente este tipo de uniones.

Méndez Díaz recordó en su participación que cuando empezó todo, en agosto de 2011, llevaba apenas un año fuera de la universidad y laboraba en una firma de asesoría fiscal para empresas, pero una pareja se le acercó durante un evento de activistas locales para preguntarle qué podrían hacer para casarse, y él decidió estudiar el tema para brindar una asesoría certera. Dos parejas se unirían después.

El caso y sus antecedentes

Cada entidad federativa realiza su propia legislación en materia civil y, por ende, en lo que concierne a lo familiar. De ahí que el antecedente más directo sobre estos temas fuese la reforma aprobada en 2010 en el Distrito Federal para extender el derecho al matrimonio a las parejas homosexuales.

Sin embargo, Méndez sabía que los tiempos políticos en Oaxaca harían muy difícil un posible cabildeo con los poderes Ejecutivo y Legislativo para aprobar una legislación en ese sentido, pues el gobierno en turno –encabezado por Gabino Cué– emanó de una coalición entre el PAN y los partidos llamados de izquierda, y existía un acuerdo entre ambos de no tocar asuntos considerados polémicos.

En breve entrevista con Lado B, el litigante así lo explica: “el discurso desde de la candidatura fue que temas en los que derecha y izquierda no estén de acuerdo, como interrupción legal del embarazo y matrimonios de personas del mismo sexo, no se van a tocar. Entonces ya sabíamos a qué nos íbamos a enfrentar y buscamos la manera de evitar todo este proceso, y lo logramos desde una cuestión netamente jurídica”.

De tal forma, lo primero que se hizo fue que las parejas acudieran al registro civil a solicitar su matrimonio. Se sabía que la respuesta sería negativa, pero dicho paso era necesario para “generar un acto de autoridad”. Dichos trámites no resultaron tan sencillos, pues cabe señalar que incluso la papelería oficial reconoce sólo a las parejas heterosexuales.

Una vez terminado esto, se decidió apelar directamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y solicitar un juicio de amparo, por lo que se preparó una defensa que incluía tres antecedentes básicos para justificar el derecho de las parejas a casarse:

La resolución de la SCJN sobre la legislación del DF antes mencionada, pues extiende el concepto de familia; la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh) sobre el emblemático caso de Rosendo Radilla, pues éste sentó el precedente del control de convencionalidad; y por último, la resolución de la Coidh sobre el caso de Atala Riffo en Chile, mismo que versó también sobre familias homoparentales.

Además de esto, se revisó lo estipulado en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, pues se consideró que la legislación local, al definir el matrimonio como “un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, que se unen para perpetuar la especie”, contraviene el principio de igualdad y no discriminación.

La Suprema Corte, por todo lo anterior, concedió el amparo a la primera de estas parejas el pasado 19 de febrero, y en días subsecuentes dará discusión a los otros dos casos, pero se espera que sean resueltos en el mismo sentido.

La resolución indica que “al quedar comprobado que el acto reclamado trastoca la garantía de igualdad y no discriminación previstos en los artículos 1 y 4 de la Constitución, lo procedente es conceder el amparo a las quejosas”, de manera que el artículo 143 del Código Civil oaxaqueño no se les aplique en el presente ni en el futuro.

Los siguientes retos

La resolución de la Corte no extiende, por el momento, el derecho del matrimonio al resto de las parejas homosexuales en Oaxaca o en México. Pero el procedimiento marca un precedente, y una pareja bien puede acudir al registro civil a solicitar casarse y más tarde reclamar dicha negativa ante la SCJN.

Si cinco parejas de cinco estados diferentes de la República hacen lo mismo y la Corte falla en favor de todas ellas, se crea una jurisprudencia, es decir, un precepto que obligaría a cualquier organismo jurídico a resolver casos similares en el mismo sentido, apelando al derecho de certidumbre jurídica.

“Lo primero que se tiene que hacer es litigar los cinco casos y que los cinco sean a favor, sin ninguno en medio que se dé en contra. De ahí se empieza el proceso de integrar jurisprudencia, se debe anunciar al Poder Judicial federal que existen ya los cinco casos y se hace un estudio para saber si son idóneos. Más tarde se emite un criterio definido, ya sea por los tribunales colegiados o los plenos de circuito”, detalla Méndez Díaz a Lado B.

Hay parejas en Colima y Baja California que ya se han acercado al litigante para solicitar ser parte de dicho proceso. Sin embargo, si bien tiene contacto con organizaciones de la sociedad civil en Puebla, hasta ahora ninguna pareja en la entidad le ha manifestado su deseo de contraer matrimonio.

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