Lado B
Principios clave para la reforma en telecomunicaciones
Si el Consejo Rector del Pacto por México y los legisladores federales desean, en serio, someter los intereses particulares de los poderes fácticos en este terreno y poner por delante el interés nacional, el reto es de este tamaño.
Por Lado B @ladobemx
27 de febrero, 2013
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Roberto Alonso*

En vista de la inminente presentación de la reforma en telecomunicaciones en el marco de los compromisos del Pacto por México, resulta pertinente poner en relieve los principios clave que enumeró en diciembre pasado la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI) para una reforma integral y convergente, no parcial ni coyuntural, tampoco aparente y mucho menos a modo.

Si el Consejo Rector del Pacto por México y los legisladores federales desean, en serio, someter los intereses particulares de los poderes fácticos en este terreno y poner por delante el interés nacional, el reto es de este tamaño:

  1. Una perspectiva transversal de derechos humanos que garantice la libertad de expresión y el derecho a la información, de acuerdo con los más altos estándares internacionales.
  2. Una ley convergente que integre y regule servicios, tecnologías y plataformas de distribución de servicios de telecomunicaciones, incluidas la radiodifusión y la banda ancha.
  3. Un órgano regulador con autonomía constitucional integrado de forma multidisciplinaria, con un consejo consultivo vinculante y comités técnicos que consideren la opinión de especialistas.
  4. Definición de las telecomunicaciones, incluidas la radiodifusión y la banda ancha, como servicio público, previniendo el Estado fenómenos de concentración contrarios al interés público.
  5. Creación de una comisión que diseñe políticas públicas en materia de banda ancha y coordine una agenda digital que conduzca al país hacia la sociedad de la información y del conocimiento.
  6. Transparencia y eficiencia en la administración y explotación del espectro radioeléctrico a partir de un programa anual de disponibilidad de frecuencias a licitar o asignar, usos y coberturas.
  7. Tres tipos de concesiones: comercial; público/estatal; y social y/o comunitario, así como creación licencias únicas para la prestación de servicios convergentes de telecomunicaciones.
  8. Establecimiento de reglas a fin de que la digitalización de la televisión signifique más canales, a través de la multiprogramación, para más operadores y no sólo para los actuales concesionarios.
  9. Garantía del servicio público universal y gratuito de la radiodifusión, independientemente de su plataforma de transmisión, debiendo difundirse en todos los sistemas de televisión restringida.
  10. Reconocimiento legal a los medios comunitarios y sociales a través de la figura de la concesión sin fines de lucro, con un procedimiento simplificado y expedito para fomentar la diversidad.
  11. Fomento a los medios públicos con funciones específicas, autonomía de gestión, subsistencia financiera, independencia editorial y órganos de gobierno y consultivos colegiados.
  12. Derecho de obtener ingresos adicionales, patrocinios y donativos para la operación y el eficiente cumplimiento de la función social de medios públicos, comunitarios y sociales.
  13. Reglas de dominancia en todos los servicios y mercados para evitar procesos de concentración contrarios a la libertad de expresión, la pluralidad, la diversidad y el bienestar de los usuarios.
  14. Inversión extranjera directa al 100% en telecomunicaciones y radiodifusión.
  15. Cuotas de pantalla para la transmisión de contenidos nacionales de calidad que promuevan temáticas y principios de la identidad nacional, y estimulen la participación de productores locales.
  16. Publicidad equilibrada y respeto a contenidos audiovisuales mediante la vigilancia del cumplimiento de los tiempos máximos para la transmisión de espacios comerciales.
  17. Fomento a la producción nacional independiente, destinándose al menos 20% de la programación de los medios comerciales al estímulo de la pluralidad y la diversidad de contenidos.
  18. Regulación de la programación y publicidad destinada al público infantil, procurando su sano desarrollo y evitando la promoción de malos hábitos y conductas discriminatorias y violentas.
  19. Sanciones que disuadan a radiodifusores y operadores de telecomunicaciones de cometer o reincidir en prácticas anticompetitivas o que atenten contra los derechos de audiencias y usuarios.
  20. Derechos de los periodistas y los profesionales de la información que garanticen su libertad de conciencia sin que ello pueda suponer sanción o perjuicio.
  21. Salvaguarda del derecho de réplica para que las personas afectadas en su honor, imagen o integridad moral pueda solicitar la corrección a través de procedimientos eficientes.

El documento completo se puede consultar aquí.

* @rialonso es secretario del Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (AMEDI). Tiene estudios en Comunicación, Derecho de la Información y Políticas Públicas.

 

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