Lado B
De policías comunitarias, autodefensas y paramilitares
 
Por Lado B @ladobemx
25 de febrero, 2013
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Adazahira Chávez | Desinformémonos

Tras la aparición de grupos de autodefensa en Guerrero en las últimas semanas, el gobierno del estado habló de regular a las policías comunitarias y subordinarlas a su mando. En el mismo sentido se pronunciaron legisladores de Michoacán respecto a las rondas tradicionales purhépechas, mientras José Luis Soberanes, ex ombudsman nacional, señaló que las acciones de estos cuerpos de seguridad son ilegales y constituyen delitos. Además, el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Raúl Plascencia, señaló que su existencia viola la constitución.

Desinformémonos entrevista al abogado mixteco Francisco López Bárcenas, conocedor de los procesos de autonomía en México, sobre las razones y los derechos que sustentan a estos cuerpos de justicia comunitaria. López Bárcenas señala que siempre han existido y que los políticos se asombran ahora “porque nunca han volteado a ver a los pueblos indígenas”. 

El derecho y las leyes

Refiriéndonos a lo que dicen el presidente de la CNDH y José Luis Soberanes, expresidente del organismo, hay que diferenciar entre policías comunitarias como parte de la estructura de los pueblos, por un lado; por otro lado, las autodefensas; y, por otro lado, los grupos paramilitares,

Tomada de desinformemonos.org/

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No cabe ninguna duda de que las policías comunitarias tienen derecho a existir como parte de la estructura de los pueblos. Esto se funda en que los derechos de los pueblos indígenas son preexistentes al Estado, como lo reconocen el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)  y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo segundo, que dice que son pueblos indígenas los descendientes de las poblaciones que habitaban el país antes de la formación del Estado. Como tal, su derecho es anterior al Estado.

Todos los pueblos tienen un derecho que es inalienable: el de la libre determinación. Los pueblos indígenas, en la legislación nacional e internacional, ejercen esa libre determinación como autonomía, al interior del Estado pero con derechos colectivos. Como parte de la autonomía, tienen derecho a sus propias estructuras.

En la realidad mexicana, las policías comunitarias existen desde siempre, pero es muy notable su existencia desde el siglo XIX y actualmente. En cualquier pueblo que te pares hay policías comunitarias, y no siempre lo son en el sentido de que abarquen nada más la comunidad.

En el norte del país está la guardia tradicional seri, un cuerpo policial que forma parte de la estructura de los pueblos, que lo nombran los pueblos, que andan armados en serio cuidando el territorio seri. También está la guardia tradicional yaqui, que viene desde la estructura que les heredaron los jesuitas y sobre todo de las guerras que sostuvieron en los siglos XIX y XX.

Cuando era titular de la dirección de procuración indígena en el Instituto Nacional Indigenista (INI), en 2001, llegaron a visitarme las autoridades seris. Querían saber si seguían en guerra con el Estado porque tenían un documento donde Porfirio Díaz les había declarado la guerra, pero no encontraban uno en donde les hayan levantado esa declaración. Buscamos el documento pero nunca lo encontramos.

En 1996, poco después de que se firmaran los Acuerdos de San Andrés, habían venido porque la Marina había detenido a uno de sus guardias y estaba preso en Mazatlán. Ellos preguntaban qué pasaba con sus derechos. Después de muchas negociaciones se firmó un acuerdo entre la Marina y el pueblo seri, muy similar a los Acuerdos de San Andrés.

En la zona yaqui también existe una guardia, y en Yucatán existe la guardia tradicional maya de Chan Santa Cruz, que se ubica actualmente en el municipio de Carrillo Puerto y resguarda la cruz parlante que los aconsejó en la Guerra de Castas.

Estos son ejemplos de que las policías comunitarias son históricas. Esos casos son importantes porque tienen una guardia más allá de lo comunitario, más como pueblos, porque fueron pueblos guerreros que en el siglo XIX sufrieron el embate del Estado y asumieron una estructura militar que conservan, pero en cualquier pueblo hay policías comunitarias.

El asombro de los políticos por el surgimiento de tantas policías es fundamentalmente porque no han volteado a ver a los pueblos indígenas y no han visto que tienen sus policías comunitarias. Ese es el gran problema que tenemos.

Lea el análisis completo de Desinformémonos aquí.

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