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Ordenan detener la construcción de la torre en Casa del Torno
Sin problema legal la obra del Teleférico, asegura el gobierno del Estado
Por Lado B @ladobemx
24 de enero, 2013
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Foto: Xavier Rosas.

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La noche de este jueves la investigadora Rosalva Loreto dio a conocer la decisión que se tomó en la demanda de amparo que interpuso el Comité Defensor del Patrimonio Cultural, Histórico y Ambiental de Puebla A.C. y la Fundación Manuel Toussaint A.C. La jueza ordenó que se detenga de manera definitiva la construcción de la torre ubicada en la Casa del Torno, inmueble que fue derrumbado para levantar ahí una de las estaciones del Teleférico.

La titular del Juzgado Cuarto de Distrito, Yolanda Velázquez Rebollo, dictaminó la “suspensión definitiva contra la obra del Teleférico de la ciudad de Puebla”, luego de meses en los que grupos defensores del patrimonio histórico de Puebla interpusieran el juicio de amparo indirecto 1962/2012 por la afección atribuida al Secretario de Transportes del inmueble ubicado en el número 414 de la calle 8 Norte de la ciudad de Puebla, conocido como la “Casona del Torno”.

Foto: Es Imagen

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Dicha medida se otorgó en los siguientes términos: “Por todo lo anterior, al haberse acreditado que el inmueble ubicado en la calle ocho norte, número cuatrocientos catorce, de la ciudad de Puebla, se encuentra oficialmente catalogado como monumento histórico, y que a la fecha la Secretaría de Transportes no cuenta con la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia para la ejecución de la obra pública materia del presente incidente, se considera procedente conceder la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.”

En el comunicado resalta que “las autoridades responsables no aportaron pruebas con las que se acreditara la autorización necesaria por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) para afectar dicho inmueble. Lo anterior en virtud de que se encuentra contemplado dentro del catálogo de monumentos históricos inmuebles elaborado por la Subdirección de Catalogación de la Coordinación Nacional de Monumentos Históricos del Instituto Nacional de Antropología e Historia, en la ficha con clave número 211140010185 y, por lo tanto, se encuentra protegido por la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su reglamento.

Sin embargo, cabe señalar que dicha resolución establece que los trabajos del Teleférico se suspenderán únicamente en los correspondiente a la “Casona del Torno”; ello implica que “no puede continuarse con la ejecución de la obra denominada Teleférico de la ciudad de Puebla, únicamente en la parte que afecta al inmueble identificado con el número cuatrocientos catorce de la calle Ocho Norte, sin que el otorgamiento de dicha medida implique que las autoridades estén impedidas para continuar con la ejecución de la aludida obra pública en la parte que no afecta al inmueble mencionado”.

“Dicha medida continuará vigente hasta que cause ejecutoria la resolución que decida el juicio de amparo en lo principal, o bien, hasta que las partes, aporten pruebas que puedan modificar o revocar dicha determinación”, dicta el comunicado.

Sin problema legal obra de Teleférico, asegura gobierno del Estado

Por su parte, las autoridades del gobierno del Estado emitieron un comunicado de prensa en el que dan a conocer que  «la obra del teleférico no presenta ningún problema legal por lo que se continuará con su construcción; en tanto que el litigio que se lleva por el inmueble ubicado en el número 414 de la calle Ocho Norte conocido como la Casa Roja, continúa.

«Es importante señalar que la resolución de la juez Yolanda Velázquez Rebollo, titular del juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Puebla es muy clara ya que establece que “…se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado”.

«Con relación al juicio de amparo número 1962/2012 del Juzgado Cuarto de Distrito, hoy se publicó la sentencia interlocutoria del incidente de suspensión respectivo por la cual la Juez negó la suspensión en contra de actos del Gobernador del Estado y respecto de las otras autoridades señaladas como responsables de la ejecución de la obra del teleférico.

«Únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar el inmueble ubicado en la calle Ocho Norte, número cuatrocientos catorce deben suspenderse hasta que concluya el juicio de amparo.

 «Puntualizó –además- que dicha suspensión no implica que la autoridad responsable esté impedida para ejecutar los actos relativos al proyecto de rescate y salvamento de elementos arquitectónicos que le fue autorizado por el INAH.

 «El Gobierno del Estado de Puebla ha sido parte en otros procedimientos de esta clase y se ha conducido en todo caso por el camino del respeto a las autoridades jurisdiccionales y, por tanto, estará atento a las decisiones de las autoridades competentes, los trabajos de construcción del teleférico continúan».

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Autor Lado B
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