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Calderón viola la Constitución, pero queda salvo de cualquier sanción
El pasado 14 de Marzo Calderón Hinojosa envió cartas a los contribuyentes, situación que, en estos tiempos electorales, puede traer consecuencias El IFE determina que violó el artículo 134 al hacerse promoción personal
Por Lado B @ladobemx
19 de abril, 2012
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  • El IFE determina que Felipe Calderón Hinojosa violó el artículo 134 al hacerse promoción personal
  • El pasado 14 de Marzo envió cartas a los contribuyentes, situación que, en estos tiempos electorales, puede traer consecuencias

Imagen: http://www.contextodetamaulipas.info

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“Los dulces encantos de la vida política” podrían llamarse las legislaciones que nuestros burócratas han votado para normar al país, aunque mejor dicho, las leyes que no permiten la sanción a estos, como el caso del fuero común que gozan algunos representantes del pueblo.

Analicemos un caso: Felipe Calderón Hinojosa viola la Constitución General de la República y queda a salvo de cualquier sanción, debido a que en ésta se señala, en su artículo 108 que “El presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común”.

Lo anterior luego que el Consejo General del Instituto Federal Electoral determinara que el presidente de la República violó el artículo 134 de la Constitución al hacerse promoción personal mediante el envío de cartas a los contribuyentes, en las que ensalza obras y logros de su gobierno, contando con la peculiaridad que ésta es personalizada, ya que en la parte propaganda superior derecha se encuentra la leyenda: “Del escritorio del C. Felipe Calderón Hinojosa, presidente de los Estados Unidos mexicanos”, así como contaba con el sello oficial de la presidencia, dio a conocer Sin Embargo.

Cabe destacar que el artículo 134 de la Constitución establece que: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social (…) En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.”

La carta fue enviada el pasado 14 de marzo desde las oficinas del Servicio de Administración Tributaria, a través de correo electrónico y por Servicio Postal Mexicano (Sepomex). Por estos motivos los titulares de los mismos, así como los funcionarios de la Presidencia de la República encargados del área de Mensaje Gubernamental, también son culpables de esta violación a la Constitución, y al parecer ellos sí podrán ser sancionados. Cabe destacar que los funcionarios pueden impugnar esta decisión.

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