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Ordena CDH a Rivera indemnizar a familia de joven asesinada
Magaly Cruz estaba embarazada cuando el disparo imprudente de un policía municipal le arrebató la vida
Por Lado B @ladobemx
17 de enero, 2012
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Ernesto Aroche Aguilar

@earoche

La Comisión de Derechos Humanos del estado (CDH) emplazó al presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera, a indemnizar a la familia de la joven embarazada que fue asesinada en marzo pasado por policías municipales e iniciar un procedimiento en la contraloría a los responsables del crimen, esto como parte de la recomendación que emitió el organismo el 30 de diciembre pasado.

A Magaly Cruz una bala que entró por su abdomen perforándole la arteria aorta le arrancó la vida. El disparó salió del arma de un policía municipal que recibió un golpe con un block durante un operativo realizado en la colonia Flor del Bosque.

Tras recibir el golpe el uniformado sacó su arma y la accionó en tres ocasiones “al aire, es decir hacia arriba porque pensé que los de la casa nos habían disparado, y disparé para evitar que siguieran aventando piedras”.

Una de las balas se alojó en el abdomen de Magaly, cegando de paso la vida que se gestaba en su vientre, las otras dos pegaron en el pecho de Mariano Arista, otro joven involucrado en la reyerta perforándole los pulmones. A diferencia de Magaly el joven salvaría la vida pero tuvo que ser intervenido quirúrgicamente en un hospital particular.

Dos historias

Tras conocerse el hecho –fue a través de reporte periodístico que la CDH Puebla inició la investigación— el titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, Amadeo Lara Terrón, ofreció una rueda de prensa en la que no se aceptaron preguntas a su versión de los hechos.

De acuerdo con el funcionario durante el mes previo a la incursión policial se recibieron reportes y peticiones de vecinos de las colonias Flor del Bosque, Casablanca y Chapultepec para mejorar la vigilancia en la zona, eso motivó que la noche del 28 de mayo se enviaran 14 policías a patrullar dichas colonias.

Foto: Joel Merino.

Durante el rondín fueron notificados sobre un grupo de 10 personas que consumía alcohol en la calle y había agredido verbalmente a una pareja, al trasladarse al número 17 de la calle Cristo encontraron a los sujetos y al intentar detenerlos comenzó la gresca que terminaría en tragedia.

La versión de la familia, publicada en el portal e-consulta, sostiene en cambio que eran cinco y no diez las personas que se encontraban afuera del domicilio, y que la policía llegó con un actitud prepotente a tratar de detenerlos utilizando incluso gases lacrimógenos.

En la confrontación uno de los jóvenes subió a la azotea y desde ahí comenzó a lanzar blocks a los uniformados, Magaly que vivía en un cuarto en esa misma azotea se asomó para ver lo que sucedía cuando se oyeron los tres disparos. Se enteraría de mala manera y moriría desangrada minutos más tarde en el trayecto a la clínica del IMSS del Infonavit Amalucan. Mariano A. fue trasladado a la Cruz Roja donde entró en coma pero logró recuperarse.

Excedieron el uso de la fuerza

Tras una larga investigación la CDH Puebla concluyó que no fue uno sino dos los agentes policiacos que accionaron sus armas, y que quedó demostrada “la violación del derecho humano a la vida” de Magaly y del producto de su embarazo, y «de los derechos humanos, a la seguridad jurídica y a la integridad y seguridad personal de Mariano”.

La recomendación 61-2011 sostiene que “los elementos de la Policía Municipal de Puebla que intervinieron sin existir una causa que lo justifique, excedieron el uso de la fuerza pública al momento de ejercer sus funciones”.

Y se remarca: “sin existir causa que lo justifique”, porque a decir del organismo no hubo justificación al uso de las armas “pues las personas que procedían a asegurar no se encontraban armadas”.

Tampoco “es válido que se trate de justificar dicha acción, por el hecho que les estaban aventando blocks desde la azotea de la casa; ya que, es cierto que el elemento resultó lesionado por un objeto que le pegó en la cabeza sin embargo la lesión que le fue ocasionada, de acuerdo a los dictámenes médicos que obran en el expediente, no se compara con el daño que se causó a los agraviados, al realizar disparos con arma de fuego”.

La comisión también resalta el hecho de que “la conducta de los policías que participaron en los hechos del 28 de mayo de 2011, constituye un ataque a la legalidad y seguridad jurídica, lo que presupone falta de preparación en el desempeño y ejercicio de sus funciones”.

También se remarca que no se “acreditó por parte de la autoridad señalada como responsable, cuál fue la causa o razón por la que se pretendía asegurar a un grupo de personas en la colonia Flor del Bosque, y que finalmente derivó en los hechos que dieron origen a la presente queja”.

Las recomendaciones

Primera. Gire instrucciones a quien corresponda, para que se realicen los trámites necesarios y se proceda a la reparación del daño conforme a lo dispuesto por la ley, en favor de quien acredite tener derecho como ofendido por la pérdida de vidas.

Segunda. Instruya a quien corresponda, a fin de que se tomen las medidas necesarias para reparar el daño ocasionado a V2, mediante la atención médica y rehabilitación que requiera, por la lesión que se le ocasionó, derivada de los hechos que se conocieron en el presente documento.

Tercera. Dé vista al contralor municipal, para que inicie procedimiento administrativo de investigación, en contra de los elementos de la Policía Municipal que participaron en los hechos que dieron origen a la presente Recomendación.

Cuarta. Se brinde a los elementos de las células de la Policía Municipal que participaron en estos hechos, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la legalidad, la integridad y seguridad personal y del derecho a la vida, con el fin de evitar que actos como los señalados en el presente documento se repitan.

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