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Consideraciones pedagógicas por la igualdad y la eliminación de la discriminación
Para comprender, conocer y aplicar los derechos humanos integralmente y en toda su complejidad, es fundamental que el diálogo en el proceso educativo genere condiciones personales en hombres y mujeres sujetos del mismo, para acceder tanto a conocimientos especializados, como al desarrollo de competencias personales que involucren lo afectivo, lo ético, la sensibilidad humanista y que a su vez hagan posible que las personas se comprometan a profundidad en la realización de la dignidad, tanto de la propia como de la de los demás seres humanos y de la naturaleza.
Por Lado B @ladobemx
03 de enero, 2012
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Rosana Renau Aymamí

Para comprender, conocer y aplicar los derechos humanos integralmente y en toda su complejidad, es fundamental que el diálogo en el proceso educativo genere condiciones personales en hombres y mujeres sujetos del mismo, para acceder tanto a conocimientos especializados, como al desarrollo de competencias personales que involucren lo afectivo, lo ético, la sensibilidad humanista y que a su vez hagan posible que las personas se comprometan a profundidad en la realización de la dignidad, tanto de la propia como de la de los demás seres humanos y de la naturaleza.

En el cumplimiento de este propósito, el sistema educativo juega un papel trascendental en la transformación de la cultura de la discriminación, que históricamente ha afectado a enormes grupos de población en el mundo.

Esta educación debe participar también en los procesos de construcción de alternativas que desde la ética, la pedagogía, lo cotidiano y lo jurídico, animen la cultura de la inclusión de las diversidades e identidades múltiples que nos pueblan como comunidad humana.

Desde el punto de vista pedagógico, debe ser un esfuerzo para lidiar con las múltiples dificultades tanto personales como sociales, que involucran las lógicas de la exclusión que permean nuestro devenir personal y el de las instituciones de las que formamos parte.

Remover privilegios o redistribuirlos es una tarea difícil, tanto para los privilegiados como para los excluidos; implican desaprender el orden existente, fundar otros modos de ver, ser y participar en el mundo; instalar nuevas lógicas de vida y de concepción que nos permitan relacionarnos y solucionar tensiones y conflictos desde un nuevo ángulo.

Por esto éste es un tema exigente desde el punto de vista pedagógico. No se trata simplemente de aprender una serie de normas para aplicarlas, su comprensión y  la capacidad creativa de funcionarios y funcionarias del poder judicial, político o social para aplicarlas, depende de cómo la propuesta educativa motive, acompañe a personas facilitadoras y discentes para transformarse personalmente y remover las dificultades que culturalmente tenemos hombres y mujeres para reconocer el problema y acceder al compromiso de erradicar todas las formas de discriminación.

Esto supone una  apertura frente al tema, el desarrollo de competencias para formularnos nuevas preguntas, para aprender a ver, a nombrar y clasificar lo que pasa en nosotros como hombres o mujeres actores de este proceso y en el entorno cultural y social en el que nos inscribimos, ya que las lógicas discriminatorias circulan y se reproducen silenciosamente en los imaginarios y en el transcurrir de la sociedad, e invisibilizan tanto a las personas discriminadas como a la magnitud del daño ocasionado a su dignidad humana.

La relación entre leyes y sociedad es dinámica y dialéctica, la sociedad se modifica con su propio devenir y algunos cambios conllevan a modificaciones en las leyes que permitan la inclusión del nuevo estado de cosas. Sin embargo, parto de la convicción de que si bien las normas por si solas no cambian la realidad, generan condiciones de posibilidad para lograrlo pero esto puede no ser suficiente. De la misma manera una orden, por más imperativa que sea, por ejemplo la inclusión de género en el sistema judicial, requiere desarrollar desde la institución comprometida ética y políticamente en este empeño, la capacidad de espera activa, ya que se trata de un proceso que para su éxito precisa seguimiento, profundización y evaluación permanente para la calificación del desempeño.

Implica entonces conocer las dificultades culturales y personales de los y las protagonistas, así como las institucionales para formular un diagnóstico de la situación, del estado de ánimo y de las fortalezas, oportunidades y demás condiciones de posibilidad que le permitan proponerse una ruta crítica para lograr las metas en el mediano o largo plazo, con las respectivas estrategias de acompañamiento y asesoría.

Género, desigualdad y educación

La temática de género tiene su origen en la búsqueda del reconocimiento de la dignidad humana y de los derechos inherentes a la humanidad de las mujeres. Es decir, que es un aspecto de la historia, de la filosofía, de la ética y de la normatividad de los derechos humanos en el marco específico de la eliminación de todas las formas de discriminación que han afectado la vida de las mujeres a lo largo de la historia de la democracia, del Estado de Derecho y por lo tanto de la justicia.

Para una plena comprensión y aplicación de los derechos humanos, es fundamental develar los imaginarios sociales y las consecuencias ocasionadas en enormes poblaciones humanas por la forma como la cultura valora, explica y trata las identidades, diferencias y diversidades humanas.

En particular las originadas en el sexo que son las más amplias, ya que atraviesan y complejizan la condición originada por otros constituyentes de las identidades como la pertenencia étnica, de edades, racial, de clase, nacional, de orientación sexual no hegemónica, de discapacidad, etc.

En las últimas décadas los derechos humanos han sido un elemento fundamental, tanto en lo político como en lo jurídico, para la definición de los estados democráticos de derecho. De igual modo esto ha sido la piedra angular de los proyectos y propuestas de la ONU desde su fundación y se considera una cuestión central en la consecución de la paz. Partiendo de esto, toda su normativa relativa a la eliminación de las diferentes formas de discriminación, integra el que conocemos como Bloque de Constitucionalidad y ubica al poder judicial, a sus funcionarios y funcionarias, empleados, empleadas y auxiliares de la justicia, en un lugar protagónico en la defensa y protección de los derechos humanos y en la adopción de la normativa internacional y nacional que busca la superación de estas formas de atropello a la dignidad humana.

Dentro de esta complejidad, al igual que la de la temática de derechos humanos, la de género es sumamente exigente y al mismo tiempo prometedora desde la perspectiva pedagógica pues ambas exigen partir de la integralidad de los derechos humanos y reconstruir un nuevo modo de ver el mundo ya que los derechos de las mujeres forman parte estructural del patrimonio jurídico, cultural y político de la lucha histórica por el respeto a la dignidad humana. Son mecanismos especiales de reconocimiento del problema de la discriminación, de protección de derechos; con esta normativa se busca agilizar la superación de los factores que la originan y de las consecuencias que acarrea la discriminación basada en el sexo que padece más de la mitad de la población en el mundo, constituida por mujeres y niñas. Realizar el paradigma de los derechos humanos sólo es posible con la aplicación de las garantías conducentes a la eliminación de todas las formas de discriminación que afectan la dignidad humana de millones de personas en el mundo, en razón de su sexo, etnia, edad, raza, orientación sexual y situación de discapacidad.

También requiere ser conscientes del impacto que produce una propuesta  de educación jurídica y social con perspectiva de género en las lógicas tradicionales de los modelos educativos que forman a profesionales en particular con referencia al derecho como afirma Parraguez:

…Desde una mirada global, la tarea de construir nuevos ejes de articulación de una nueva racionalidad jurídica-educativa integrando la perspectiva de género requiere, a fin de ser coherentes, que la construcción de estrategias, metodologías y acciones sean pensadas y desarrolladas en este enfoque; en caso contrario su impacto será minimizado y tenderán a funcionalidad sus planteamientos en la lógica del actual modelo”[i].

Es importante destacar que este campo es relativamente nuevo en el mundo jurídico en sus diversas disciplinas y áreas del conocimiento y por lo tanto existe poca bibliografía.

Los objetivos generales de esta educación pueden resumirse en:

  • Revisar los elementos que conforman nuestras concepciones sobre subjetividades, identidades, diversidades y las diferentes formas de discriminación que de ellas derivan.
  • Desarrollar propuestas educativas que faciliten la construcción de problemas, preguntas, puntos de vista propios sobre la discriminación, los derechos humanos y la historia de la democracia respecto de las mujeres y otros sectores discriminados.
  • Identificar las masculinidades y feminidades en el proyecto cultural y político así como las modificaciones que sufren en el devenir histórico.
  • Hacer visibles las lógicas del sexismo en la vida cotidiana y en las prácticas judiciales, sociales y políticas para poder identificarlas y proponer alternativas no discriminatorias.
  • Conocer y difundir las normas internacionales para la eliminación de la discriminación que afecta a las mujeres, conectarlas al análisis de los contenidos de las normas nacionales y a los contextos culturales y sociales en que se aplican.
  • Acopiar jurisprudencia nacional que trata o compromete derechos de las mujeres y la importante jurisprudencia de género que ya se ha producido, desde el principio que “el derecho crea género y el derecho no es neutro en cuestiones de género”.

[i]  Jacques Parraguez, Manuel (Vicerrector Académico de la Universidad Bolivariana. Chile) “¿Género en la justicia o justicia de género? Una nueva estrategia educativa”, sin fecha de publicación. http://www.revistapolis.cl/jacques.htm. consultado en febrero 2005.

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