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La SCJN y una votación polémica por la despenalización del aborto
 
Por Lado B @ladobemx
27 de septiembre, 2011
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  • Sólo se requiere un voto de uno de los magistrados en la sesión de este miércoles

Imagen: http://vivirmexico.com

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En el segundo día de análisis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para analizar las posiciones en los estados de la República respecto a si éstos pueden establecer la protección a la vida desde la concepción, consideró que en algunos de éstos no se pueden fijar los alcances de las garantías constitucionales en sus normas fundamentales locales, pues esta facultad está reservada al constituyente federal.

De acuerdo con información publicada en Animal Político, la SCJN reunió hasta el momento las posiciones de cinco de los 11 ministros contra las reformas a la constitución de Baja California, que establecen la protección de la vida desde el momento de la concepción.

Y es que aunque algunos ministros no han coincidido de manera plena con los argumentos del ponente, Fernando Franco González Salas, sí han respaldado su postura acerca de que se debe invalidar la modificación a la constitución de la entidad, que en su artículo séptimo prevé la protección de la vida desde el momento de la concepción.

Al término de la sesión, los ministros Ramón Cossío, Sergio Valls, Luis María Aguilar y Olga Sánchez Cordero se habían sumado a esta postura, con lo que se reúnen cinco de los ocho votos necesarios para invalidar esta norma que fue impugnada por el ombudsman de esa entidad.

Al parecer el escenario que podría resolverse sobre este tema podría terminar en un “final de fotografía”, ya que luego de dos sesiones cinco ministros se han pronunciado por la invalidez, propuesta contemplada en el proyecto de sentencia del Ministro Fernando Franco; y tres, por ratificarla.

Y es que se requieren al menos ocho votos para anular la reforma, por lo que bastaría que en la sesión de este miércoles uno de los  ministros se sume a la minoría provisional para que la acción de inconstitucionalidad sea desestimada y el artículo 7 de la Constitución de Baja California mantenga la redacción que ha tenido desde diciembre de 2008.

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