Lado B
El frágil derecho a la privacidad en internet, y la vigilancia gubernamental
Desde 2014 la R3D recolecta evidencia en torno a la vigilancia masiva, y difunde herramientas legales --e ilegales-- que usa el gobierno y cómo funcionan.
Por Aranzazú Ayala Martínez @aranhera
23 de marzo, 2017
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Aranzazú Ayala Martínez

@aranhera

Uno de los temas a debate desde la popularización del internet es el derecho a la privacidad, pues las posibilidades del mundo digital potencializan una acción: compartir, pero también han potencializado la vigilancia de lo que hacemos en la red por parte de organismo públicos y privados.

En México, como pasa con muchos otros derechos, la privacidad se respeta muy poco. Aunque, claro, vale puntualizar, ese atropellamiento del estado no es privativo del gobierno  mexicano.

Carlos Brito, director de incidencia de la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), dijo que ellos le entraron al tema de la vigilancia en la red cuando surgió la polémica propuesta de la Ley Telecom, liderada por el actuar encargado de la oficina del gobernador de Puebla, Javier Lozano Alarcón.

Explicó que si bien, tras la discusión de la propuesta en la legislación se eliminó el instrumento de censura que fue muy controvertido al principio, en el tema de vigilancia, la Ley Telecom quedó mucho peor.

Desde 2014 la R3D recolecta evidencia en torno a la vigilancia masiva, y difunde herramientas legales –e ilegales– que usa el gobierno y cómo funcionan.

Durante una conferencia que dictó en la Ibero Puebla el pasado 22 de marzo, Brito explicó que hay tres formas de vigilancia en México que están reguladas. Estas tres formas de vigilancia legal –legal, más no legítima, de acuerdo a las palabras de Brito– son: la conservación masiva de metadatos, la intervención de comunicaciones privadas y la geolocalización en tiempo real.

Son legales porque están dentro de la ley, pero no legítimas porque violan la privacidad de los usuarios, puntualizó.

Para la obtención masiva de metadatos –que permite por ejemplo saber dónde estuvo un celular– y para la intervención de comunicaciones privadas, se requiere una autorización judicial, pero para la geolocalización en tiempo real no.

Brito explicó que todas las compañías telefónicas por mandato de ley conservan dos años de los registros de los desplazamientos de cualquier equipo. Si alguien lee estos desplazamientos puede sacar conclusiones que el usuario no está necesariamente dando.

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El especialista puso como ejemplo un teléfono que tiene un registro de haber estado en una clínica de VIH. “Si fui a una clínica de VIH sólo lo sé yo, y mi médico. Y ahora el INE, el Procurador…”: esta es una de las formas en las que los metadatos de los telecomunicaciones pueden dar información sobre los lugares que frecuentan las personas, los tiempos y las cosas que hacen.

“Y el Estado no tiene por qué saber todo de nosotros”, dijo Carlos.

Uno de los problemas es que la gente no se da cuenta de la importancia de la privacidad hasta que no la tiene: “mientras no se den cuenta que perdieron privacidad todo puede estar bien”.

Sin embargo, sólo las autoridades de procuración de justicia o federales, con base en una ley (como la Policía Federal o el CISEN), pueden llevar a cabo medidas de vigilancia. Cuando es necesario para investigar delitos ya cometidos, cuando se compruebe que se está organizando la comisión de un ilícito o en casos de amenaza a la seguridad nacional.

En México, el principal argumento para implementar estas medidas es el combate al secuestro y a delitos de alto impacto. Sin embargo, no hay supervisión independiente ni derecho de notificación en estas medidas.

La R3D hizo una investigación sobre el periodo 2013-2015 mediante solicitudes de información y encontró que las Fiscalías de Puebla, Colima, Zacatecas, Tabasco, Guerrero, Jalisco y Quintana Roo dijeron que hicieron solicitudes judiciales para vigilancia.

Sin embargo, los jueces respondieron que no habían recibido ni una sola petición al respecto.

Carlos dijo que también pidieron la información a las compañías telefónicas porque a veces la vigilancia de un número incluye el rastreo de otras líneas asociadas. Por ejemplo, en 2013 la Policía Federal hizo solicitudes para rastrear a 45 personas, pero vigiló a 511 equipos de telefonía. En 2014, para 54 teléfonos se vigilaron 538 equipos y al año siguiente para 103 personas se terminaron vigilando 732 dispositivos.

En cuanto al acceso a datos conservados por las empresas de telecomunicaciones, en el lapso de 2013 a 2015 la R3D documentó que se hicieron 448 solicitudes con autorización judicial: apenas el 1.09% del total.

Otras 40 mil 659, equivalente al 98.91%, se entregaron a las autoridades que las solicitaron a pesar de que no tenían una autorización judicial.

Esta investigación tira el argumento del gobierno de que estas herramientas de vigilancia son utilizadas conforme a la ley y para disminuir los delitos.

Y como ejemplo, Carlos Brito dijo que en el caso de Veracruz, durante el gobierno de Javier Duarte, de 2013 a 2015, se pidieron 2 mil 339 solicitudes de vigilancia a telecomunicaciones de individuos, presuntamente relacionados con hechos delictivos.

Pero estas se tradujeron sólo a 9 averiguaciones previas con ejercicios de la acción penal: 0.38% de todos los casos.

Las herramientas ilegales

Pero están también las herramientas para la vigilancia que están fuera de la ley, y que los gobierno estatales y federal también utilizan.

Brito habló de esa vigilancia que está fuera de la ley y que en muchos casos tiene un filo político, como se demostró en el caso Puebla.

Para ello, según han documentado medios y la R3D, se usa de software malicioso creado por empresas como la italiana Hacking Team, que tuvo a uno de sus principales clientes en México, específicamente en el gobierno de Puebla, durante la gestión de Rafael Moreno Valle, usado para espiar a oponentes políticos –documentado ampliamente por LADO B–.

O el programa Pegasus de la empresa NSO de la que se pudo documentar su uso para espiar a periodistas y activistas del impuesto al azúcar.

Brito dijo que cada vez que alguien decide no enviar una fotografía íntima, o no mandar un correo, o quedarse de ver sin celulares, está dejando de ejercer su derecho a la privacidad.

El director de incidencia de la 3RD dijo que es necesario aspirar a tener seguridad y a que se respete el derecho a la privacidad dentro de las telecomunicaciones, y en esto el internet tiene la capacidad de ayudarnos a potenciar el ejercicio de todos nuestros derechos.

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Autor Lado B
Aranzazú Ayala Martínez
Periodista en constante formación. Reportera de día, raver de noche. Segundo lugar en categoría Crónica. Premio Cuauhtémoc Moctezuma al Periodismo Puebla 2014. Tercer lugar en el concurso “Género y Justicia” de SCJN, ONU Mujeres y Periodistas de a Pie. Octubre 2014. Segundo lugar Premio Rostros de la Discriminación categoría multimedia 2017. Premio Gabo 2019 por “México, el país de las 2 mil fosas”, con Quinto Elemento Lab. Becaria ICFJ programa de entrenamiento digital 2019. Colaboradora de “A dónde van los desaparecidos”
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