Lado B
Ningún feminicidio se ha castigado en Puebla, confirma SGG
Luis Alejandro Durán reconoce que de los 37 feminicidios de 2015, sólo 33 casos están en proceso y no hay ni una sentencia firme en el estado
Por Samantha Paéz @samantras
09 de marzo, 2016
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Foto: Mely Arellano

Foto: Mely Arellano

Samantha Páez

@samantras

En Puebla no hay sentencias firmes contra feminicidas desde que se tipificó el delito en 2013, sin embargo hay 33 personas procesadas por el asesinato violento de mujeres.

El Director General de Ejecución de Sanciones y Medidas de la Secretaría General de Gobierno (SGG), Luis Alejandro Durán Cerón, dio a  conocer las cifras al participar este martes 8 de marzo en el foro “Violencia de Género, Feminicidio y Homicidio” en la Universidad Iberoamericana de Puebla (UIA).

Su afirmación contradice lo que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) informó a la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla como parte del análisis que ésta hizo sobre la violencia hacia las mujeres y por cuyo resultado decidió no solicitar la Alerta de Violencia de Género. En el análisis la CDH reporta una sentencia condenatoria.

Durán Cerón explicó que a pesar de que se dicte una sentencia, alguna de las partes puede apelar o ampararse ante la decisión del juez, generalmente es la parte del acusado, por lo que una sentencia queda firme cuando ninguna de las partes puede apelar, interponer amparos o recursos de revisión.

Con esto se confirma que hay total impunidad en los feminicidios cometidos en Puebla, ya que en los 37 casos de 2015 que reconoció Víctor Carrancá, fiscal General de Justicia, ninguno de los responsables ha sido recibido sentencia, es decir que no ha sido sancionado de acuerdo con la tipificación del delito.

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La confusión o desinformación sobre las sentencias por feminicidio es tema viejo. En 2014 el Tribunal Superior de Justicia respondió a Mely Arellano, reportera y editora de este portal de noticias, que de enero del 2013 a marzo del 2014 hubo una sentencia por feminicidio, de acuerdo a la solicitud de información 230314.

Sin embargo el mismo Tribunal contestó a la solicitud con folio 429/2015, hecha por el Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), que no se emitió sentencia alguna de enero de 2013 a marzo de 2015.

Para septiembre de 2015 el TSJ admitió una sentencia condenatoria y 17 procesos abiertos por el asesinato violento de mujeres, según consta en el expediente que abrió la CDH para analizar la alerta de género.

Ahora Luis Alejandro Durán aduce que la diferencia entre las cifras oficiales se debería a que la sentencia aún está en litigio.

—Puede ser que ya exista una sentencia pero alguna de las partes se inconforma, entonces se recurre esta sentencia y todavía no causa estado (…). Cuando ya no hay medio alguno para recurrir ya causa estado la sentencia, causa ejecutoria.

No hay tiempo estimado para que la sentencia quede firme, pueden ser unos meses o incluso años, porque además de apelar la sentencia una de las partes puede interponer un amparo y si lo pierde, interponer un recurso de revisión.

Algunos datos que sí confirmó el Director General de Ejecución de Sanciones y Medidas es que 33 personas en Puebla están privadas de su libertad por el delito de feminicidio, de ellas 29 están a disposición de un juez local y dos promovieron recursos en algunas de las Salas Superiores de Justicia.

Otro de ellos se encuentra en el Centro de Internamiento Especializado para Adolescentes aunque es juzgado por el Sistema Judicial de estado de México, y el último está puesto a disposición de las autoridades judiciales de Veracruz.

Foto: Marlene Martínez

Foto: Marlene Martínez

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En el mismo foro de la UIA participó el director Jurídico del Instituto Poblano de la Mujer (IPM), Jorge Arroyo Martínez, quien de inicio descalificó las cifras de feminicidios que calculan organizaciones sociales, debido a que se basan en notas periodísticas y no en “investigaciones formales” como las de la Fiscalía General de Justicia (FGJ).

El Odesyr registra 175 posibles feminicidios de enero de 2013 al 22 de febrero de 2016. Los casos que se identificaron a través de notas periodísticas en 2015 fueron 50, lo cual representa 34% más que los 33 feminicidios reconocidos de manera oficial.

Arroyo Martínez expuso que a pesar de que la CDH decidió no solicitar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) el 28 de diciembre de 2015, el gobierno del estado ejecuta acciones de prevención similares a las que se establecieron en otros estados donde sí se decretó la alerta.

Las acciones que enlistó son:

* Campaña de comunicación «Deja de guardar el secreto» en radio y espectaculares para que las mujeres denuncien la violencia que padecen.

* Página de internet con chat en vivo para que las mujeres que necesitan asesoría puedan solicitar una consulta.

* Fortalecer la línea Telmujer, donde nueve especialistas entre psicólogas y abogadas dan asesoría inmediata.

* Talleres de capacitación para elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Estatal (SSPE).

* Convenios de colaboración con los municipios.

* Campaña de armonización legislativa, como la agravante si mujer estaba embarazada y la tentativa de feminicidio o violencia reiterada.

Sin embargo de acuerdo con la página oficial de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) en caso de una AVGM es un grupo de trabajo el que hace un diagnóstico de la violencia contra las mujeres y emite recomendaciones al gobierno estatal que van más allá de campañas de contención.

Por ejemplo, en el caso de Guanajuato se hicieron las siguientes propuestas:

* Programas de capacitación y profesionalización permanente en materia de derechos humanos y perspectiva de género, sobre todo para «la debida diligencia en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia contra las mujeres y feminicidios».

* Elaborar un Diagnóstico estatal sobre todos los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres.

* Rediseñar el Banco estatal de datos e información sobre casos de violencia contra las mujeres, para administrar la información de todas las instancias involucradas en la atención y sanción de la violencia contra las mujeres de toda la entidad, con el fin de realizar estadísticas y diagnósticos periódicos.

* Establecer de manera permanente, una instancia de seguimiento de la violencia feminicida, conformada por el Consejo estatal -en especial la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato-, las organizaciones de la sociedad civil, representantes legales, las víctimas y sus familiares, en coordinación con el Poder Judicial del Estado para vigilar, emitir propuestas y proponer políticas públicas encaminadas a mejorar la actuación de las y los servidores públicos respecto a la atención de la violencia feminicida.

* Garantizar que las víctimas y sus familiares tengan acceso total y continuo a la información que obre en los expedientes relativos a sus casos.

En comparación con las recomendaciones a Guanajuato, las acciones del IPM están sólo enfocadas a la denuncia y la asesoría, aunque si las sentencias no prosperan, denunciar no está sirviendo de mucho.

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Autor Lado B
Samantha Paéz
Soy periodista y activista. Tengo especial interés en los temas de género y libertad de expresión. Dirigí por 3 años el Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (OVIGEM). Formo parte de la Red Puebla de Periodistas. También escribo cuentos de ciencia ficción.
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