Lado B
La CDH sí pudo haber solicitado la alerta de género en Puebla: OCNF
La problemática de feminicidios y desapariciones de mujeres en el estado explicada en unas líneas habría sido suficiente, explica María de Luz Estrada
Por Samantha Paéz @samantras
24 de febrero, 2016
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Foto: Mely Arellano

Foto: Mely Arellano

Samantha Páez

@samantras

La alerta de género para Puebla o algunos de sus municipios se pudo solicitar con sólo una cuartilla de texto donde se explicase la problemática de los feminicidios, desapariciones y violencia contra las mujeres, para que luego la Secretaría de Gobernación (Segob) decretara la investigación para probar las agresiones.

De acuerdo con María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, el cambio en el reglamento de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) de 2013 facilita su solicitud, pues ya no se tienen que integrar elementos probatorios y sólo se puede hacer una narración de los hechos en una cuartilla.

A pesar de ello la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla informó el 28 de diciembre de 2015 que no haría la petición tras casi cuatro meses de análisis debido aduciendo que “no existen elementos objetivos” para hacerlo y “no se reúnen los requisitos para tal solicitud”.

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La diputada local Geraldine González Cervantes envío el 2 de septiembre una iniciativa al Congreso del estado para solicitar la alerta; ante ello la Comisión Permanente del Congreso estatal pidió a la CDH que hiciera un análisis y resolviera si era necesaria o no.

Para esa fecha se acumulaban 30 posibles feminicidios según un conteo hemerográfico del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), así como la desaparición a finales de agosto de Paulina Camargo Limón, de 19 años de edad y 18 semanas de embarazo.

La CDH invitó a 30 organizaciones sociales y actores políticos a proporcionar información sobre la violencia contra las mujeres para sustentar la petición, aunque algunas de las agrupaciones tienen perfiles de trabajo en el campo y artesanías.

Sin embargo durante una mesa de trabajo en el marco del VI Encuentro de la Red Nacional de Periodistas, que se llevó a cabo los días 19 y 20 de febrero en la ciudad de México, María de la Luz Estrada dijo que ya no es deber de los solicitantes de la alerta de género entregar pruebas.

—La comisión estatal (de derechos humanos) lo único que tenía que haber hecho es una solicitud, hasta de una cuartilla tú puedes solicitar hoy la declaratoria, sólo tienes que enunciar cuál es el problema (…). Ya no tienes que dar muchísimos elementos, claro nosotras creemos que se tienen que dar más elementos pero la investigación es su trabajo, el trabajo del grupo (de trabajo) y si tú investigas entonces para qué tienes un grupo que investiga.

De la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) reconoció que es difícil que la propia Comisión de Derechos Humanos pidiera la alerta porque eso implica ser juez y parte, además de que el gobierno estatal admita que su política pública no protege a las mujeres.

A finales del año pasado la CDH emitió un comunicado donde desestimó la solicitud con base a “Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) publicó el 23 de noviembre de 2015, donde se indica en Puebla la tasa de homicidios de mujeres es de 3.4 por cada 100 mil habitantes, con lo cual se coloca por debajo de la media nacional.

El organismo no tomó en cuenta que en esas estadísticas se menciona que en Puebla más de tres de cada cinco mujeres mayores de 15 años padecen violencia, con lo cual se vuelve un sitio más peligroso que Oaxaca, Veracruz, Nuevo León o Sinaloa.

María de Luz Estrada dijo que la opción más viable es que organizaciones de la sociedad civil acreditadas de manera jurídica hagan la petición ante el gobierno federal.

—Hay que solicitarla a nivel federal, yo sigo diciendo que el gobierno federal tiene que entrarle. Sólo tienen que decir cuáles razones por las cuales consideran que hay violencia feminicida y que pone en riesgo la paz social.

De acuerdo con la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Sin Violencia, en su artículo 24, la alerta de género se podrá solicitar cuando los delitos contra las mujeres «perturben la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame», además cuando los agravios impidan el ejercicio de los derechos humanos y en caso de que los gobiernos estatales u organismos de la sociedad civil así lo soliciten.

Foto: Ámbar Barrera

Foto: Ámbar Barrera

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Aunque la reforma al reglamento de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) de noviembre de 2013 trajo beneficios, como que las peticionarias no tengan que mostrar pruebas y que no se tenga que contar con el respaldo de 42 instancias y nueve secretarías de gobierno, también impide que las organizaciones sociales se involucren con el seguimiento y que el propio mecanismo desaparezca.

En el sitio web de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) se menciona que en cuanto es admitida la solicitud de alerta de género «se procede a la conformación de un grupo de trabajo a efecto de estudiar y analizar la situación que guarda el territorio sobre el que se señala que existe violación a los derechos humanos de las mujeres».

El grupo se integra de ocho personas: cuatro servidores públicos del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), a la Conavim, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y al Mecanismo, así como por cuatro expertos -dos estatales y dos nacionales- se se seleccionan a través de una convocatoria.

De tal forma que las organizaciones sociales que pidieron la alerta quedan fuera del proceso, cuestión que no se impedía en el reglamento de 2008.

El cambio en el reglamento, explicó Estrada Mendoza, se debe a que la alerta de género se ha solicitado para muchos estados y la Conavim ya no quiere investigar los casos, por ello traslada la responsabilidad a los estados.

—Como la Conavim ya está harta de que todas nosotras estemos pidiendo la declaratoria le regresaron la bolita al estado. Lo que quieren es que los gobiernos lo asuman y ellos tomen las recomendaciones que quieran.

La Conavim señala en su sitio web que después de que el grupo de trabajo presente su informe y de la aceptación del gobierno estatal, se da un plazo de seis meses para que la entidad «diseñe estrategias e inicie la ejecución de medidas tendientes a cumplir con las propuestas y combatir las problemáticas detectadas por en el informe del grupo de trabajo».

Sólo en caso de que el estado no acepte el informe o en medio año se demuestre que se están atendiendo las observaciones del grupo de trabajo, la Segob declarará la AVGM y determinará las acciones de prevención, seguridad y justicia que deberán implementarse para enfrentar la problemática.

A pesar de las fallas que pueda tener la alerta de género, la representante del Observatorio Nacional Ciudadano del Feminicidio sostuvo que no se debe desacreditar el mecanismo porque se corre el riesgo de que desaparezca.

—Si las organizaciones decimos: no sirve, es el campo fértil que quieren para que se desaparecer este mecanismo (…), no se aplica correctamente y las organizaciones debemos exigir que se aplique correctamente más que descalificar su naturaleza, porque las autoridades a lo que le apuestan es a decir que no sirve. Lo que tenemos que  decir es: queremos que nos explique la autoridad las medidas cómo las está haciendo y si no lo hacen responsabilizar a las autoridades.

Foto: Ámbar Barrera

Foto: Ámbar Barrera

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Desde que se se estableció la AVGM en 2008, con la finalidad de “mejorar la calidad de vida de las mujeres mexicanas, pues a través de éste se implementan en un territorio determinado las acciones necesarias para garantizar el derecho de las mujeres a un vida libre de violencia” y con base en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, once estados solicitaron la declaratoria.

La propia Conavim indica que en 2012 la organización Arthemisas por la Equidad pidió la alerta para Nuevo León y Centro de Derechos de la Mujer de Chiapas lo hizo en 2013, estas solicitudes entraron con el reglamento de 2008.

Después de la reforma de 2013, la organización Humanas Sin Violencia solicitó la AVGM para Michoacán el 19 de diciembre de 2014, y el Centro de Apoyo a la Mujer Griselda Álvarez, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima y la Fundación Ius Género hicieron lo propio el 22 de diciembre de 2014.

El año pasado la Red Iberoamericana Pro Derechos Humanos pidió la alerta para Baja California el 27 enero; para mayo Manitas por la Equidad y No Violencia AC y Alternativa Cultural por la Equidad de Género AC lo hicieron para Sonora; Salud y Género Querétaro AC y Desarrollo Comunitario para la Transformación Social AC la pidieron en octubre de 2015, y la  Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí la solicitó el 23 de noviembre de 2015.

Actualmente sólo en tres entidades se ha declarado la alerta: en julio pasado para 11 municipios de México, el 10 de agosto para ocho de Morelos y el 29 de noviembre para seis de San Luis Potosí.

María de la Luz Estrada, quien como parte del observatorio de feminicidios fue peticionaria en estado de México, comentó que pasaron más de cinco años para que se emitira la alerta en la entidad después del asesinato de 522 mujeres y decenas más de desaparecidas.

—Ha implicado mucho trabajo (en el estado de México) porque las autoridades no quieren que profundices en las cosas graves e ineficiencias, como es el tema de la impunidad, la corrupción y la protección a la delincuencia organizada.

En Puebla suman 170 posibles feminicidios desde 2013, cuando se tipificó el delito en el estado, al 22 de febrero de este año de acuerdo con el registro del Odesyr, aunque el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) de la Universidad Iberoamericana de Puebla contó 240 posibles casos hasta el 6 de noviembre de 2015.

En contraste, la Fiscalía General de Justicia (PGJ) ha reconocido la existencia de 23 casos, cinco de ellos resueltos en lo que va del año  según confirmó este miércoles (24 de febrero) el enlace de Comunicación Social de la dependencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Puebla tiene 17 procesos por feminicidio y una sentencia condenatoria por este delito hasta septiembre de 2015.

A esta problemática se suma la desaparición de mujeres en el estado que es, incluso, superior a la de estado de México, pues se toma en cuenta que para 2014 sumaron 208 poblanas desaparecidas y el índice de desapariciones por cada cien mil habitantes es de 3.599, mientras que para 2014 desaparecieron 400 mujeres mexiquenses lo que da una tasa de 2.635 por cada cien mil habitantes, motivos que podrían ser suficientes para que se solicite la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en la entidad.

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Autor Lado B
Samantha Paéz
Soy periodista y activista. Tengo especial interés en los temas de género y libertad de expresión. Dirigí por 3 años el Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (OVIGEM). Formo parte de la Red Puebla de Periodistas. También escribo cuentos de ciencia ficción.
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