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Corte da luz verde a matrimonios igualitarios en Jalisco; parejas ya no necesitan un amparo
La Corte consideró al amparo como atentado contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de la personalidad
Por Lado B @ladobemx
28 de enero, 2016
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Los ministros de la Suprema Corte declararon inconstitucional una porción del artículo 260 del Código Civil de Jalisco por considerar que atenta contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo

Foto: Cuartoscuro │ Tomada de Animal Político

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una porción del artículo 260 del Código Civil de Jalisco, que limita el matrimonio a la unión entre un hombre y una mujer, con lo que legalizó las bodas entre personas del mismo sexo en esa entidad.

De manera unánime, el Pleno de la Corte concluyó que “una porción impugnada del artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco era inconstitucional” porque atentaba contra la autodeterminación de las personas y contra el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.

Además, de manera implícita, el artículo impugnado generaba una violación al principio de igualdad, “porque, a partir de ese propósito, se daba un trato diferenciado a parejas homoparentales, respecto de las parejas heterosexuales,al excluir de la posibilidad de contraer matrimonio a personas del mismo sexo”.

Con ésta decisión, las autoridades de Jalisco están obligadas a reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, sin necesidad de que las parejas presenten un amparo y se abre la posibilidad para obligar al Congreso estatal a emitir una nueva norma que reconozca ese tipo de uniones matrimoniales.

Hasta antes de este fallo, la Ciudad de México era la única entidad del país que permitía el matrimonio homosexual.

La impugnación que la Corte resolvió este martes 26 de enero fue presentada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que consideró que  la legislación de Jalisco es discriminatoria, ya que atenta contra la autodeterminación de las personas, el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y viola el principio de igualdad al otorgar un trato diferenciado a parejas homosexuales respecto de las heterosexuales.

[quote_box_left]Publicada originalmente en Animal Político[/quote_box_left]

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