Lado B
Entrega RMV su propia propuesta de tipicación del feminicidio
Hay varias diferencias con el proyecto que mujeres de varios partidos presentaron la semana pasada
Por Lado B @ladobemx
18 de octubre, 2011
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  • Deja fuera varios conceptos que sí incluye la iniciativa presentada por mujeres de diversos partidos

Joseline Santos Enríquez

@joss_santos

Después que mujeres de diversos partidos políticos y organizaciones presentaron al Congreso local una iniciativa para tipificar el delito de feminicidio, el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas hizo llegar un proyecto similar.

Durante la primera sesión del Tercer Periodo Ordinario de Sesiones, el Ejecutivo presentó 4 iniciativas, entre ellas las que modifican el Código de Defensa Social en el que se penaliza hasta con 70 años de prisión el mencionado delito, 10 años menos que lo propuesto por el grupo de mujeres.

Según el texto, el mandatario proyectó reformas a la fracción IV del artículo 98, así como la adición del artículo 312 BIS que a la letra establece: “Comete el delito de feminicidio el que priva de la vida a una mujer, en circunstancias que registren violencia de género, abuso de poder en las relaciones señaladas en el artículo 336, celotipia, acto misógino, discriminación o situación androcéntrica”.

Las diferencias entre este proyecto y el entregado por la agrupación de mujeres son que se establece una pena máxima de 70 años de prisión y no 60, la modificación al Código es la adición del artículo 312 BIS y no el 317 BIS.

La iniciativa del Ejecutivo precisa que se comete feminicidio, entre otras cosas, por abuso de poder en las relaciones establecidas en el artículo 336, o sea, cuando el homicidio es cometido ascendente o descendente consanguíneo en línea recta, hermano, cónyuge, adoptante o adoptado, con conocimiento del parentesco o relación.

El proyecto alterno refiere que además de las anteriores se establezca una relación de amistad y no sólo de parentesco o concubinato. Agrega los vínculos laborales, docentes, o cualquiera que implique confianza, subordinación y/o superioridad.

En el documento morenovallista tampoco establece que  se considere feminicidio cuando la víctima presente signos de violencia sexual y de cualquier tipo, incluyendo lesiones físicas, infamantes y degradantes, antes o después de privarla de la vida.

Y es que a decir de organizaciones sociales en diversas partes del país como Ciudad Juárez, es común encontrar cuerpos de mujeres mutilados  que evidencian desprecio contra el género.

Tampoco establece que al homicidio le antecedan amenaza, acoso, lesiones del activo en contra de la víctima.

El proyecto propuesto por ex diputadas agrega que se cataloga como feminicidio cuando el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado a la vía pública. La propuesta morenovallista no incluye un párrafo similar al anterior.

Sin embargo los diputados serán quienes analicen, agreguen conceptos al texto o lo sumen al propuesto por mujeres hace unos días, de considerarlo pertinente los integrantes de las Comisiones de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales, así como la de Derechos Humanos elaborarán un dictamen que será turnado al Pleno del Legislativo.

En caso de ser aprobado, Puebla sería uno de los pocos estados del país que han tipificado este delito. Hoy por hoy Morelos, Tamaulipas, Estado de México, Guerrero, Guanajuato, Veracruz y Colima, además del Distrito Federal lo contemplan en sus leyes locales.

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