Lado B
Aprueban diputados Ley 5 de Junio; vigilará la operación de guarderías
 
Por Lado B @ladobemx
14 de septiembre, 2011
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Este miércoles fue aprobada en la Cámara de Diputados con 372 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, la llamada Ley 5 de junio que fue promovida principalmente por los padres y madres de los 49 menores que fallecieron y los 75 que quedaron con lesiones en el incendio de la Guardería ABC, el 5 de junio de 2009.

La Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil vigilará la operación de las guarderías en el país para una mayor transparencia y seguridad.

  • Se plantea como una Ley General por lo que su ámbito de aplicación será federal, estatal y municipal, tanto en los sectores público como privado. (DIF, IMSS, Sedesol, ISSSTE, Estatales y privados). Regulará con esto todas las otrora denominadas “guarderías”. Existen obligaciones tanto para las autoridades como para las madres y padres o tutores, reconociéndoles una mayor importancia.
  • La ley establece que los servicios de cuidado se orientarán más a la función educativa, superando las ideas tradicionales de guarda o estancia. Bajo la idea del desarrollo integral de niñas y niños se observarán los siguientes derechos, entre otros:
    • A un entorno seguro, libre de violencia y afectivo;
    • A recibir la alimentación que les permita tener una nutrición adecuada;
    • Al descanso, al juego y al esparcimiento;
    • A recibir servicios de calidad y con calidez, por parte de personal apto, suficiente y que cuente con formación de capacidades desde un enfoque de los derechos de la infancia;
    • A ser considerados miembros activos en su familia y su comunidad, con sus propias inquietudes, intereses y puntos de vista.
  • Las dependencias de gobierno que brinden el servicio a través de un particular, deberán en todo caso licitarlo públicamente.
  • Se incorpora la participación de las familias, la sociedad civil organizada y las niñas y los niños en el diseño, operación, monitoreo y evaluación de los servicios, para tal efecto, se integrarán Comités por cada centro o unidad.
  • Se creará una Política Nacional y un Consejo Nacional para la prestación de los servicios de cuidado, aprendizaje y desarrollo integral infantil, así como los mecanismos e indicadores concretos para su monitoreo. Se creará un Registro Nacional y Registros Estatales de centros de atención.
  • Se implementará un Programa Integral de Supervisión, Acompañamiento, Monitoreo y Evaluación del funcionamiento de los servicios.
  • Las actividades que por ley deberán realizarse en los centros de atención serán:
    • Supervisión e inspección efectiva para la prevención, detección y corrección de riesgos;
    • Fomento y cuidado de la salud,
    • Alimentación adecuada y suficiente para su nutrición;
    • Educación inicial;
    • Educación preescolar, en caso de que esté contemplada por el centro;
    • Conocimiento, comprensión y ejercicio de sus derechos;
    • Descanso, esparcimiento, juego y actividades recreativas propias de su edad;
    • Capacitación y formación permanente del personal, y
    • Información y apoyo a los padres, tutores o quienes tengan la responsabilidad del cuidado o crianza, para fortalecer la comprensión de sus funciones en la educación temprana de la niña o el niño.
  • Quienes operen un centro de atención tendrán que cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
    • Contar con un Reglamento Interno;
    • Manuales técnico administrativos y de seguridad;
    • Manual para las madres, padres o quienes tenga  la tutela, custodia o la responsabilidad de crianza y cuidado de la niña o niño;
    • Contar con la infraestructura, instalaciones y  equipamiento que garanticen la prestación del servicio en condiciones de seguridad;
    • Contar con un Programa Interno de Protección Civil, que cumpla con las normas
    • Documentos que acrediten el cumplimiento de las medidas de salubridad e higiene;
    • Documentos que acrediten la aptitud y capacitación requerida de las personas que prestarán los servicios, y
  • La ley contempla la adopción de medidas precautorias para corregir y subsanar irregularidades que se presenten en los centros de atención de manera ágil. Asimismo integra un mecanismo específico de sanciones que van desde la multa hasta la revocación del funcionamiento de un centro de atención cuando así lo amerite el caso.

Foto: @albertoserdan.

La #Ley5deJunio es un iniciativa ciudadana que contó con el apoyo de activistas de todo el país. El pasado 29 de mayo pasado fue aprobada la iniciativa de ley en el Senado. Ahora con la aprobación en la Cámara Baja sólo se espera su publicación por el Ejecutivo.

Información tomada de: Animal Político (@pajaropolitico) y el blog de Jesús Robles Maloof (@roblesmaloof)

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