Lado B
10 claves para conocer la Ley Nacional de Seguridad Pública
 
Por Lado B @ladobemx
08 de agosto, 2011
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Joseline Santos Enríquez

Durante las últimas semanas el Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad se manifestó en contra de las reformas a la Ley de de Seguridad Nacional –que se discuten en la Cámara de Diputados– por considerar que vulnera las libertades y los derechos civiles. En respuesta senadores y diputados se comprometieron a modificar el proyecto de ley.

Sin embargo el pasado 2 de agosto, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, el dictamen que el Senado mandó desde abril de 2010.

El suceso motivó el descontento de la organización, que en voz de su representante, Javier Sicilia, calificó de “traidores” a los legisladores por minimizar el pacto del 28 de julio cuando se concretó la reunión entre diputados y senadores con el “Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad”.

Cabe recordar que el 23 de abril de 2009 el presidente Felipe Calderón Hinojosa envió la iniciativa al Senado. Un año después, el 28 de abril de 2010, el texto fue recibido por la Cámara de Diputados.

A la fecha el dictamen continúa en análisis, ya que el 2 de agosto de 2011 fue aprobado en Comisión de Gobernación pero falta el aval del pleno de la Cámara Baja.

10 claves para comprender la Ley Nacional de Seguridad Pública
  1. El Presidente de la República podrá disponer de las Fuerzas Armadas para preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano.
  2. Las Fuerzas Armadas estarán acreditadas para conservar la seguridad nacional y la seguridad interior (la condición de estabilidad interna y permanencia del Estado mexicano); sobre esta última podrán intervenir en caso que las autoridades civiles carezcan de capacidad, según lo considere el Ejecutivo con la venia del Legislativo.
  3. Las fuerzas Armadas atenderán los “obstáculos” (el término se sustituyó por el de “amenazas”) que afecten total o parcialmente la seguridad nacional.
  4. Los “obstáculos” se catalogan en: Contingencia (por fenómenos naturales), Riesgo (acto que puede afectar parcial o totalmente la integridad, estabilidad o permanencia del Estado), Desafío (acto que puede afectar parcial o totalmente la integridad o estabilidad del Estado) y Amenaza (acto que atenta contra la permanencia o existencia del Estado mexicano).
  5. Para investigar los “obstáculos» se pueden intervenir o grabar conversaciones privadas. Quienes pueden ordenar este acto son: el director General del Centro Nacional de Seguridad, los Secretarios de la Defensa Nacional y de Marina, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, así como el Jefe del Estado Mayor General de la Armada.
  6. La autoridad judicial deberá avalar la intervención de conversaciones privadas.
  7. Para emitir la Declaratoria de afectación a la seguridad interior, se deberá acreditar con documentos la supuesta amenaza. El expediente será evaluado por el Consejo Nacional de Seguridad (instancia que evalúa y da seguimiento a las acciones en materia de Seguridad)
  8. La Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación (publicación dónde se dan a conocer las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación) y en por lo menos tres diarios de circulación nacional.
  9. Se eliminó el apartado de Régimen Disciplinario (fracción II del artículo 8) donde se establecía que a los integrantes del Consejo de Seguridad Nacional se les aplicaría lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
  10. La ley no hace referencia a la protección de derechos humanos como exigieron organizaciones sociales.

Posicionamientos durante la reunión entre diputados, senadores y el “Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad”, celebrada el 28 de Julio de 2011

“Que no se apruebe una Ley de Seguridad Nacional para ser confundida por poderes supremos en las fuerzas del orden, necesitamos que los funcionarios corruptos estén en la cárcel, que aquellos que ganen grandes cantidades de dinero por el crimen sean sancionados (…) Legisladores, necesitamos que trabajen por la paz y por la justicia; que trabajen por nosotros y nosotras que hemos sido profundamente lastimados por su omisión”.

Yuriana  Armendáriz Galdeana, oriunda de Creel, Chihuahua. El sábado 16 de agosto del 2008, un comando armado masacró a 13 habitantes de dicha población.

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“Nadie escucha el río de lágrimas hasta que se vacíe en su propio ser. No esperen estar en nuestros zapatos para que ustedes (diputados y senadores) puedan sentir lo que nosotros estamos sintiendo. Yo vengo representando a mi madre que tiene perdidos 3 hijos y los demás (8) son puros familiares”.

María Concepción Vizarretea Salinas, originaria de San Pedro Pochutla, Oaxaca. 11 familiares desaparecieron el 14 de julio del 2010 en Matamoros, Tamaulipas.

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“En el caso de la Ley para la Protección de las Víctimas, me atrevería a decirle a ustedes que nos encantaría (…) trabajar en el Senado, con ustedes, con el Movimiento, con quienes tengan alguna precisión ya técnica al respecto y con el apoyo de la UNAM (…) Y estoy convencido también de que algo sobre esto pudiese decir la Cámara de Diputados”

Manlio Fabio Beltrones Rivera, presidente del Senado de la República. El tema no se ha abordado.

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“El dolor expresado, el reclamo por la impunidad y la injusticia, por el abandono, la falta de atención, no hace más que fortalecer tus palabras, Javier (Sicilia), cuando decías que en el Congreso no hemos escuchado los ritmos y los latidos de la patria (…) Por eso hablo de que el dolor aquí expresado, pero también la fe y la confianza en el diálogo y en la capacidad que tenemos de construir los acuerdos, deben de significar este momento, no como el cierre de un ciclo, sino a penas el principio de uno que tendrá que ser de mayor comprensión y cercanía”.

Josefina Vázquez Mota, presidenta de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados. El diálogo se rompió sólo 5 días después del encuentro.

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